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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 269-90

que autoriza a la Junta de Aeronautica Civil a expedir a varias Lineas Akreas Certificado de Explotacion

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 ago de 1990fecha
Concesióntipo
G. O. 9789Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 269-90 que autoriza a la Junta de Aeronautica Civil a expedir a varias Lineas Akreas Certificado de Explotacion. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 269-90 VISTAS las solicitudes de la Junta de Aeronautica Civil; VISTA la recomendacion del Asesor del Presidente de la Republica para Asuntos de Aviacion Civil y Aeroportuarios; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, D E C R E T 0: Articulo 1.- Se autoriza a la Junta de Aeronautica Civil a expedir 10s siguientes Certificados de Explotacion: a) A la empresa ALAS NACIONALES, S.A., para que pueda operar Servicios de Transporte Aereo no regular de pasajeros y carga, Domesticos e Internacionales, asi como Taxi Aereo, Domestico e Internacional. b) A la empresa AEREO JR., S.A., para que pueda operar Servicios de Transporte Aereo no regular de pasajeros y carga, Domesticos e Internacionales, asi como Taxi Aereo, Domestico e Internacional. A la empresa CARIBAIR, S.A., para que pueda operar Servicios de no regular de pasajeros, carga, Domestic0 e Internacional y Servicios de c) Transporte Aereo Trabajos Aereos. Articulo 2.- Se autoriza a la Junta de Aeronautica Civil a renovar 10s siguientes Certificados de Explotacion: a) A la empresa TRABAJOS AEROAGRICOLAS TECNICOS, C. POR A,, el Certificado de Explotacion No. 11. b) A la empresa LUFTHANSA, el Certificado de Explotacion No.95 c) A la empresa AIR CANADA, el Certificado de Explotacion N0.82 d) A la empresa AEROLINEAS DOMINICANAS, S.A., el Certificado de Explotacion No. 17, excluyendo la ruta Santiago/Puerto Principe y viceversa. e) A la empresa AIR BVI, LTD, el Certificado de Explotacion No.94 Articulo 3.- Se autoriza a la Junta de Aeronautica Civil a enmendar 10s siguientes Certificados de Explotacion: a) A la empresa TAINO AIR LINES, S. A,, el Certificado de Explotacion No.43, para que incluya operaciones regulares de carga en la ruta Santo DomingoIVew YorWSanto Domingo. b) A la empresa TURKS AND CAICOS NATIONAL AIR LINE, el Certificado de Explotacion No.58, para que incluya la ruta Grand Turk-South/Santo Domingo y viceversa. Articulo 4.- Se autoriza a la Junta de Aeronautica Civil a cancelar, de manera definitiva, el Certificado de Explotacion No.91, expedido a favor de la Empresa WANDAIR CANADA, INC. Articulo 5.- Los Certificados de Explotacion cuya expedicion y renovacion se autorizan, tendran una vigencia de dos (2) aiios, contados a partir de la fecha del presente decreto, con excepcion de 10s casos de LUFTHANSA y AIR CANADA, 10s cuales tendran una vigencia de un (1) aiio, contados a partir de esa misma fecha, por el caracter provisional de 10s mismos. Articulo 6.- Enviese a la Junta de Aeronautica Civil y a1 Asesor del Presidente de la Republica para Asuntos de Aviacion Civil y Aeroportuarios, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s seis (6) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos noventa; aiio 1470 de la Independencia y 1270 de la Restauracion. JOAQUIN BALAGUER

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona