Texto de la norma
Dec. No. 544-88 que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 544-88
VISTA la Ley No. 520 del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacion a las siguientes
asociaciones:
1.- Asociacion "Centro de Orientacion Tributaria" (COT) que tiene su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el dia 14 de junio de 1988.
2.- Conferencia Internacional de las Iglesias Hermanos Unidos de Cristo,
que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 11 de enero de 1988.
3.- Asociacion Grupo de Formacion Juridica (JURIFORMA), que tiene su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el dia 12 de junio de 1987.
4.- Asociacion de Agricultores "19 de Marzo", que tiene su domicilio en la
Seccion El Hoyo, Municipio Las Matas de Farfan, Provincia San Juan de la Maguana, y
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 19 de marzo de 1988.
5.- Academia Dominicana de Seguros (ACADOSE), que tiene su domicilio
en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el dia 30 de agosto de 1988.
6.- Asociacion Patronato Pro-Universidad Tercera Edad (PAPUTED), que
tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 9 de agosto de 1988.
7.- Instituto de Investigaciones y Aplicaciones Cientificas y Tecnologicas
(INVESCIENCIAS), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito
Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 31 de agosto de
1988.
8.- Asociacion de Comerciantes Detallistas de Provisiones del Mercado
Publico de Barahona, con su domicilio en Barahona, Municipio y Provincia del mismo
nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 20 de noviembre
de 1986.
9.- Fundacion de Asistencia para la Formacion Integral (FAFI), que tiene su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el dia 5 de julio de 1988.
10.- Asociacion Espaiiola Dominicana de Colonos Guananico-Vallajuelo
que tiene su domicilio en la ciudad de San Juan de la Maguana y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el dia 15 de octubre de 1987.
11.- Asociacion de Transportistas de Furgones, con su domicilio en la
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el dia 2 de agosto de 1985.
12.- Instituto para el Estudio de la Conducta Politica (I.E.C.P.), con su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el dia 1 de julio de 1987.
13.- Asociacion Nacional de Asesores Tecnicos Laborales Independientes,
con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 18 de julio de 1988,
14.- Asociacion Bolsas de Valores de Santo Domingo, con su domicilio en
la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el dia 20 de septiembre de 1988.
15.- Ministerio Cristiano del Caribe, con su domicilio en la ciudad de Santo
Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el
dia 11 de junio de 1988.
16.- Asociacion Patronato de la Universidad Federico Henriquez y Carvajal
(UFHEC), con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 18 de julio de 1988.
17.- Asociacion "Fundacion Aristides Calvani" (FACAL), con su domicilio
en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el dia 3 de abril de 1987.
18.- Federacion Agropecuaria "Francisco del Rosario Sanchez", con su
domicilio en la Provincia de San Juan de la Maguana, y cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el dia 12 de agosto de 1988.
Articulo 2.- Quedan aprobadas las modificaciones de estatutos de las
siguientes asociaciones:
1.- Asociacion de Porcicultores del Cibao, con su domicilio en la ciudad de
La Vega y cuya rnodificacion de estatutos fue aprobada en asamblea celebrada el dia 2 de
octubre de 1988.
2.- Fundacion de Desarrollo Agropecuario, con su domicilio en la ciudad de
Santo Domingo, Distrito Nacional y cuya rnodificacion de estatutos fue aprobada en
asamblea celebrada el dia 17 de abril de 1987.
3.- Asociacion de Prevencion y Lucha contra el Alcoholismo, con su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuya rnodificacion de
estatutos fue aprobada en asamblea celebrada el dia 18 de agosto de 1988.
4.- Asociacion Estatutos Sociales Citibank Club Inc, con su domicilio en la
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuya rnodificacion de estatutos fue aprobada
en asamblea celebrada el dia 20 de julio de 1988.
5.- Fraternidad Rosacruz Dominicana "Max Heindel", con su domicilio en la
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuya rnodificacion de estatutos fue aprobada
en asamblea celebrada el dia 12 de octubre de 1986.
Articulo 3.- Se modifica el Acapite c) del Decreto No. 175-88, del 7 de abril
de 1988, para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
c) Club Deportivo y Cultural "Rafael Leonidas Solano", con su domicilio en
la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el dia 7 de noviembre de 1987.
Articulo 4.- Se modifica el Acapite 12) del Decreto No. 170-88 del 7 de
abril de 1988, para que rija de la manera siguiente:
12) Federacion Campesina "Juana y Maria" (FECAJUMA) con su domicilio
en la Seccion Catupu, provincia de La Vega y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el dia 26 de mayo de 1984.
Articulo 5.- Se modifica el Acapite 36) del Decreto No. 337-88, del 24 de
julio de 1988, para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
36) Colegio Cristiano "Discipulos de Cristo", con su domicilio en San
Cristobal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el dia 7 de abril de
1988.
Articulo 6.- Dichas incorporaciones y modificaciones de estatutos seran
efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectuen el deposit0 y la publicacion a
que se refiere el Articulo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones
que no Tengan por Objeto un Beneficio Pucuniario.
Articulo 7.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominican% a 10s veinticinco (25) dias del mes de noviembre del aiio mil
novecientos ochenta y ocho; aiio 1450 de la Independencia y 1260 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
El suscrito: Subconsultor Juridic0 del Poder Ejecutivo
Certifica que la presente publicacion es oficial
Dr. R. E. Gomez Buret
Impresora Valdez
Mercedes 51,
Zona Colonial,
Santo Domingo, D. N., Republica Dorninicana
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