Texto de la norma
Dec. No. 31-90 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos de su
propiedad.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 3 1-90
VISTA la Ley No.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 del 14
de junio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a1
Banco de Reservas de la Republica Dorninicana 10s siguientes inmuebles:
a) Los solares Nos.7-Def; 17-Df; y 18-Df, de la manzana No.304 del Distrito
Catastral N0.26 y sus mejoras, con un area de 7,888.93 metros cuadrados, por el precio
total de RD$7,000,000.00;
b) Una porcihn de terreno con un area de 4,293.34 metros cuadrados dentro
del ambito de la parcela No.6-B-1-D-2-76 del Distrito Catastral No.3, por el precio total de
RD$6,439,869.00;
Articulo 2.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de Santiago a
vender:
a) A 10s seiiores Ing. Leonard0 Rafael Fernandez G. y Juan Jose Fernandez
G., el solar No.1, ubicado dentro del ambito de la parcela catastral No.4-C-1 del Distrito
Catastral No.1, con un area de 597.78 metros cuadrados, por el precio total de
RD$17,933.40. ;
b) A1 seiior Juan Albert0 Jimenez Montesinos, el solar No.7 de la manzana
municipal "G" correspondiente a1 solar No.2-B-2 de la porcihn "B" del Distrito Catastral
No.1, con un area de 145.91 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,647.75.;
c) A1 seiior Juan Esteban Garcia Rochet, el solar municipal No.2041 de la
manzana municipal No. 146 correspondiente a la manzana catastral No. 140 del Distrito
Catastral No.1, con un area de 211.38 metros cuadrados, por el precio total de
RD$12,682.80;
d) A la seiiora Elena Cruz Villalona, el solar No.10 de la manzana No.3-R-3
correspondiente a la parcela catastral No. 137 del Distrito Catastral No.6, con un area de
485.65 metros cuadrados, por el precio total de RD$21,247.19;
e) A1 seiior Antonio Reynoso Marte, el solar municipal No. 10 de la manzana
municipal "C" correspondiente a la manzana catastral No. 1018 del Distrito Catastral No. 1,
con un area de 429.69 metros, cuadrados por el precio total de RD$12,890.70;
Articulo 3.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de Mao a vender a
la seiiora Maria del Carmen Minaya, el solar No.1 de la manzana catastral No.74 del
Distrito Catastral No.1, con un irea de 328.06 metros cuadrados, por el precio total de
RD$8,201.50.
Articulo 4.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de Dajabhn a vender
10s siguientes inmuebles:
a) A1 Dr. Rafael Demetrio Sosa Peiia, el solar No.4, de la manzana No.9, del
Distrito Catastral No.1, con un area de 693.85 metros cuadrados, por el precio total de
RD$5,550.80.
b) A1 seiior Jose Ignacio Sosa Quiiiones, el solar No. 11 de la manzana No.4,
del Distrito Catastral No. 1, con un area de 412.13 metros cuadrados, por el precio total de
RD$3,297.04.
Articulo 5.- Se modifica el Articulo No.1 del Decreto No.320-89 del 21 de
agosto de 1989 para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
"Articulo 1.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de Santiago a
vender a la seiiora Carmen Reyes de Berrido, el solar No.45 de la manzana municipal No. 1
correspondiente a la parcela No.4-C-12, porcihn "A" del Distrito Catastral No.1, con un
area de 674.94 metros cuadrados, por el precio total de RD$20,127.00."
Articulo 6.- Se modifica el Articulo No.2 del Decreto No.406-89 del 12 de
octubre de 1989, para que en lo adelante rija de la siguiente manera:
"Articulo 2.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del Municipio de Monte Plata a
vender a 10s seiiores Alida Alfonseca y Jose A. Rivera, el solar No. 16 de la manzana No. 17
del Distrito Catastral No.1, con un area de 218.26 metros cuadrados, por el precio total de
RD$5,456.50, y el solar No.6 de la manzana No.22 del Distrito Catastral No.1, con un area
de 197.10 metros cuadrados por el precio total de RD$4,927.50."
Articulo 7.- Se deja sin efecto la autorizacion otorgada a1 Ayuntamiento del
Municipio de Santiago en el Articulo No.1 del Decreto No.406-89 del 12 de octubre de
1989, para vender a1 seiior Luis Ramon Dominguez Cruz, las parcelas Nos. 1038 y 1039 del
Distrito Catastral No.6.
Articulo 8.- Se deroga el Articulo No.6 del Decreto No.406-89 del 12 de
octubre de 1989.
Articulo 9.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia y a la
Liga Municipal Dorninicana para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de enero del aiio mil novecientos
noventa; aiio 146O de la Independencia y 127O de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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