Texto de la norma
Dec. No. 29-90 que autoriza a varias compaiiias extranjeras a fijar su domicilio en la
Republica Dominicana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 29-90
VISTAS las instancias que por via de la Secretaria de Estado de Interior y
Policia, han elevado las compaiiias seiialadas en la parte dispositiva del presente Decreto;
VISTOS 10s documentos que acompaiian dichas instancias;
VISTAS las disposiciones del Articulo 13 del Codigo Civil;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se autoriza a la sociedad VIRGIN ISLAND PUBLICATIONS,
LTD., compaiiia constituida y existente de acuerdo con las leyes de Grand Cayman, con sus
oficinas principales en Butterfield House, 2nd Floor, For Street, Grand Cayman, fijar su
domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 2.- Se autoriza a la Compaiiia WARTSILA DIESEL, INC.,
sociedad organizada de conformidad con las leyes del Estado de Louisiana, Estados Unidos
de Norteamerica, con su domicilio social en 1500 First NBC Building, Nueva Orleans,
Louisiana 701 12, EUA, fijar su domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 3.- Se autoriza a la sociedad H.I.C. LIMITED, compaiiia
constituida de conformidad con las leyes de Gibraltar, con sus oficinas principales en Lyon
House, Secretary's Lane, Gribaltar, fijar su domicilio en la Republica Dominicana.
Articulo 4.- Se deroga el Decreto No.372-89, de fecha 18 de septiembre de
1989.
Articulo 5.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia, para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s dieciocho (18) dias del mes de enero del aiio mil novecientos
noventa; aiio 146O de la Independencia y 127O de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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