Texto de la norma
Dec. No. 355-90 que concede el beneficio de la incorporacion a varias Cooperativas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 355-90
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas del 27 de enero de
1964;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica,
D E C R E T 0:
Articulo 1.- Se concede el beneficio de incorporacihn a las siguientes
asociaciones cooperativas:
1.- Cooperativa de Choferes del Transporte y Servicios Multiples de 10s
Alcarrizos "Nuevo Horizonte", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 18 de junio
de 1989.
2.- Cooperativa de Consumo "La Union", que tiene su domicilio en el
Municipio de Vicente Noble, Provincia Barahona, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 2 de abril de 1989.
3.- Cooperativa de Servicios Multiples de 10s Empleados del Ceagana
(COOPGANA), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional,
y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de junio de 1989.
4.- Cooperativa de Servicios Multiples "Manuel Arsenio Ureiia C. por A.
(COOPTRAMAU), que tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de 10s Caballeros,
Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el
17 de septiembre de 1989.
5.- Cooperativa de Servicios Multiples de Empleados y Organizaciones
Miliadas de la Confederacihn Nacional de Trabajadores Dominicanos (C.N.T.D.), que
tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de julio de 1989.
6.- Cooperativa de Ahorro y Credit0 "El Progreso", que tiene su domicilio
en el Municipio de Bayaguana, Provincia Monte Plata y cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea celebrada el 28 de abril de 1990.
7.- Cooperativa de Choferes de Transporte el Esfuerzo de la Nacihn, que
tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de mayo de 1990.
8.- Cooperativa de Transporte "Los Rios", que tiene su domicilio en la
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 20 de febrero de 1990.
9.- Cooperativa de Transporte "La Dernocrata", que tiene su domicilio en la
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 20 de febrero de 1990.
10.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "El Faro", que tiene su
domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el 10 de julio de 1989.
11.- Cooperativa de Transporte y Servicios Multiples "San Andres", que
tiene su domicilio en Andres Boca Chica, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el 8 de octubre de 1989.
12.- Cooperativa de Produccion y Trabajo de Transporte "lro. de Mayo",
que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea celebrada el lro. de abril de 1990.
13.- Cooperativa de Servicios Multiples "Caridad del Pobre", que tiene su
domicilio en la ciudad de San Pedro de Macoris, Provincia del mismo nombre y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 3 de marzo de 1989.
14.- Cooperativa de Ahorros y Prestamos y Servicios Multiples "La Union",
que tiene su domicilio en el municipio de Bonao, Provincia Monseiior Nouel, y cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de noviembre de 1989.
15.- Cooperativa de Ahorro y Credito Neyba, que tiene su domicilio en el
Municipio de Neyba, Provincia de Bahoruco y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 15 de julio de 1990.
16.- Cooperativa de Ahorro y Credito Maimon, que tiene su domicilio en el
Municipio de Maimon, Provincia Monseiior Nouel y cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada el 3 de junio de 1990.
17.- Cooperativa de Servicios Multiples de Profesores y Empleados de la
Universidad Tecnologica de Santiago (UTESACOOP), que tiene su domicilio en la ciudad
de Santiago de Los Caballeros, provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada el 16 de noviembre de 1985.
Articulo 2.- Dichas Asociaciones cooperativas gozaran de personalidad
juridica y de 10s beneficios que le acuerda la Ley desde la vigencia del presente Decreto.
Articulo 3.- Enviese a1 Instituto de Desarrollo y Credito Cooperativo
(IDECOOP), para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de septiembre del aiio mil
novecientos noventa; aiio 147O de la Independencia y 128O de la Restauracion
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.