Texto de la norma
Dec. No. 95-90 que autoriza varias personas a cambiar sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 95-90
CONSIDERANDO: Que las personas cuyos nombres figuran en la parte
dispositiva del presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar
10s procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningun acto de oposicion a las solicitudes formuladas en tal
sentido por 10s interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la Ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659 sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica
D E C R E T O
Articulo 1.- La seiiora Leoncia Brazoban Galvez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Leonida Brazoban Galvez.
Articulo 2.- La seiiora Justa Frias Abreu, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Ernestina Frias Abreu.
Articulo 3.- La seiiora Dorotea Maribel Rojas, queda autorizada a cambiar
su nombre por el de Doris Maribel Rojas.
Articulo 4.- El seiior Pedro Jose Martinez Soriano, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Jose Antonio Martinez Soriano.
Articulo 5.- La seiiora Benicia Calazan Monegro Jimenez, queda autorizada
a cambiar su nombre por el de Josefa Monegro Jimenez.
Articulo 6.- La seiiora Bartolina Duran, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Marilyn Bartolina Durin.
Articulo 7.- El seiior Jose Altagracia Medina Ramon, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Joseph Medina Ramon.
Articulo 9.- La seiiora Juliana Castillo De 10s Santos, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Nelly Castillo De 10s Santos.
Articulo 10.- La seiiora Ramona Turbi De 10s Santos, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Niurka Turbi De 10s Santos.
Articulo 11.- El seiior Ciriaco De la Cruz Ramirez, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Nelson De la Cruz Ramirez.
Articulo 12.- La seiiora Maximina Tavarez Almanzar, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Herminia Tavarez Almanzar.
Articulo 13.- La seiiora Aura Asuncion Ramos Ramos, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ana Asuncion Ramos Ramos.
Articulo 14.- La seiiora Altagracia Caraballo Gonzalez, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Emelinda Caraballo Gonzalez.
Articulo 15.- El seiior Felix Melvin Hoepelman Burgos, queda autorizado a
cambiar el nombre de su hija menor Shary Evangelina Hoepelman Mesa, por el de Meriam
Shary Evangelina Hoepelman Mesa.
Articulo 16.- El seiior Amado Ramon Betances Santos, queda autorizado a
cambiar su nombre por el de Amado Antonio Betances Santos.
Articulo 17.- La seiiora Ervira Carpi0 Guerrero, queda autorizada a cambiar
su nombre por el Lissette Elvira Carpi0 Guerrero.
Articulo 18.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines
correspondientes.
Articulo 19.- El presente Decreto se publicara en la Gaceta Oficial y en un
diario de circulacihn nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s trece (13) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos
noventa, aiio 1470 de la Independencia y 1270 de la Restauracihn.
JOAQUIN BALAGUER
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