Dec. No. 492-89 que excluye una porción de terreno del Decreto de declaratoria de utilidad pública e interés social, No. 2126 del 3 de abril de 1972.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 492-89
VISTA la recomendación del Departamento para el Desarrollo de la Infraestructura Turística (INFRATUR).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Queda excluida del Decreto de declaratoria de utilidad pública e interés social No. 2126, del 3 de abril de 1972, una porción de terreno con área de 600 metros cuadrados, dentro del ámbito de la Parcela No. 22 del Distrito Catastral No. 9, del Municipio de Puerto Plata, propiedad de la sucesión de Danilo Brugal Alfáu.
Artículo 2.- Se modifica en cuanto sea necesario el Inciso 1 del Artículo lro. del mencionado Decreto No. 2126.
Artículo 3.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Instituto Agrario Dominicano y al Abogado del Estado, para los fines correspodientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve; año 1460 de la Independencia y 1270 de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona