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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 489-89

que dispone la celebración de la IX Edición de los Juegos Deportivos Nacionales, en la ciudad de La Vega

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 dic de 1989fecha
Otrostipo
G. O. 9774Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 489-89 que dispone la celebración de la IX Edición de los Juegos Deportivos Nacionales, en la ciudad de La Vega. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 489-89 CONSIDERANDO: Que los Juegos Deportivos Nacionales que se realizan en el país cada dos años constituyen una actividad que contribuye al fomento y desarrollo del deporte y la recreación, elementos básicos para la formación de una juventud sana, tanto física como mentalmente; CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional está altamente interesado en que los IX Juegos Deportivos Nacionales a celebrarse en la ciudad de La Vega, alcancen el mayor de los éxitos; VISTA la Ley No. 97, que crea la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, de fecha 20 de diciembre de 1974; VISTO el Decreto No. 3124, que constituye la celebración de los Juegos Deportivos Nacionales cada dos años, del 18 de octubre de 1977; VISTO el Decreto No. 2913, que distribuye la celebración de los Juegos Deportivos Nacionales, el 2 de diciembre de 1981; VISTA la Ley No. 147, de Fomento de los Deportes Aficionados, del 27 de junio de 1983; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, D E C R E T O: Artículo 1.- La IX Edición de los Juegos Deportivos Nacionales que se llevarán a efecto en la ciudad de La Vega, serán celebrados en el lapso comprendido entre los días 23 y 29 del mes de marzo del año 1990. Artículo 2.- El presente Decreto modifica cualquier Decreto o disposición administrativa que le sea contrario. Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación y al Comité Olímpico Dominicano, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 127° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona