Texto de la norma
Dec. No. 489-89 que dispone la celebración de la IX Edición de los Juegos Deportivos Nacionales, en la ciudad de La Vega.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 489-89
CONSIDERANDO: Que los Juegos Deportivos Nacionales que se realizan en el país cada dos años constituyen una actividad que contribuye al fomento y desarrollo del deporte y la recreación, elementos básicos para la formación de una juventud sana, tanto física como mentalmente;
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional está altamente interesado en que los IX Juegos Deportivos Nacionales a celebrarse en la ciudad de La Vega, alcancen el mayor de los éxitos;
VISTA la Ley No. 97, que crea la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, de fecha 20 de diciembre de 1974;
VISTO el Decreto No. 3124, que constituye la celebración de los Juegos Deportivos Nacionales cada dos años, del 18 de octubre de 1977;
VISTO el Decreto No. 2913, que distribuye la celebración de los Juegos Deportivos Nacionales, el 2 de diciembre de 1981;
VISTA la Ley No. 147, de Fomento de los Deportes Aficionados, del 27 de junio de 1983;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- La IX Edición de los Juegos Deportivos Nacionales que se llevarán a efecto en la ciudad de La Vega, serán celebrados en el lapso comprendido entre los días 23 y 29 del mes de marzo del año 1990.
Artículo 2.- El presente Decreto modifica cualquier Decreto o disposición administrativa que le sea contrario.
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación y al Comité Olímpico Dominicano, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 127° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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