Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
H. A la compañía "Río Rojo Development Limited", para que en su calidad de compañía extranjera, adquiera por el precio total de RD$640,000.00 (SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS DOMINICANOS), de la compañía "Condotel Dorado", S.A., la planta baja del edificio W, consistente en los Apartamentos W-101, W-102, W-103 y W-104 del Proyecto Turístico Village Caribe en Playa Dorada, con una extensión superficial de 511 metros cuadrados, dentro de la Parcela No.26-A-Ref.-28 del Distrito Catastral No.9 del municipio de Puerto Plata.
Artículo 2.- Se autoriza a la "Oversas Private Investment Corporation", (Opic) para que en su calidad de compañía extranjera, inscriba una hipoteca en primer rango a su favor por la suma de US$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES), sobre una porción de terreno con una extensión superficial de 4,388 metros cuadrados, dentro del solar No.1, Porción Q, del Distrito Catastral No.1 del municipio de Cabral, propiedad de la Compañía "Industria Agromarina del Caribe", S.A.
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho, año 145o de la Independencia y 125o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 219-88 que autoriza a varios ayuntamientos vender solares de sus respectivas propiedades.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 219-88
VISTA la Ley No.4381 de fecha 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 de fecha 14 de julio de 1961,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
DECRETO,
Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
- Al señor Manuel Arsenio Ureña, C. por A., una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela No.7-C-7-B-4 del Distrito Catastral No.8, con una área de 2,019.98 metros cuadrados, por el precio total de RD$70,699.30.
- Al señor Ramón Librado Guzmán Méndez, una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela No.6-B del Distrito Catastral No.8, con un área de 153.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$1,836.00.
- A los señores Dario Antonio Núñez y Cecilia Magdalena Cerda de Núñez, el solar No.8 de la Manzana No.293 del Distrito Castatral No.l con un área de 331.22 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,968.30.
- A la señora Fe Esperanza M. Madera de Fermín, el solar No.205 de la porción "A" del Distrito Catastral No.l (correspondiente al solar municipal No.399-B de la Manzana No.22 del Distrito Catrastral No.l) con un área de 126.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,040.00.
- Al señor José Luís Jáquez Pinales, el solar No.ll de la Manzana No.793 del Distrito Catastral No.l, con un área de 184.96 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,780.00.
Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana a vender un solar de su propiedad al Dr. Luís Enrique Cabrera Santana, el solar No.16-A de la Manzana No.32 del Distrito Catastral No.l, con un área de 276.27 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,144.05.
Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monción aceptar en donación de la Industria Madera, C. x A. una porción de terreno ubicada en la Parcela No.l del Distrito Catastral No.2 con un área de 127,177.00 metros cuadrados.
Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Azua a vender dos porciones de terreno al señor Federico Tejeda Ramírez, dentro del ámbito de la Parcela No.96-D, del Distrito Catastral No.8 correspondiente a la Sección de Pueblo Viejo, con un área de 158 tareas, por el precio de RD$31,620.00.
Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Municipal de José Contreras a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
- Al señor Juan De la Cruz Rodríguez, la Parcela No.1-938 del Distrito Catastral No.5, con un área de 145.09 metros cuadrados, por el precio de RD$1,741.08.
- Al señor José Amado Guzmán González, la Parcela NO.1-970-A, del Distrito Catastral No.5, con un área de 268.31 metros cuadrados, por el precio de RD$2,683.10.
- Al señor Fausto Bencosme, la Parcela No.1-940 del Distrito Catastral No.5, con área de 154.88 metros cuadrados, por el precio de RD$1,858.56.
- Al señor Lorenzo García, una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No.1-989 del Distrito Catastral No.5, con un área de 109.04 metros cuadrados, por el prrecio de RD$872.32.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 220-88 que otorga exequátur a varias personas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 220-88
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No.111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley del Notariado No.301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No.821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No.4541, del 22 septiembre de 1956, que modifica el Párrafo del Artículo 6 de la Ley No.4249 del 13 de agosto de 1955, que hace Obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores;
VISTA la Ley No.146, sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.