Texto de la norma
Dec. No. 196-88 que deroga el Acápite c) del Art. 1 del Decreto No. 2610 del 1985, que concedió el beneficio de la incorporación a la Escuela Hogar de Niños Huérfanos y Desamparados "San Salvador".
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 196-88
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 2610, de fecha 1ro. de enero de 1985, el Poder Ejecutivo concedió el beneficio de la incorporación a la Escuela Hogar de Niños Huérfanos "San Salvador",
CONSIDERANDO: Que en dicho centro los menores internos nunca tuvieron sus necesidades básicas cubiertas, y que los mismos fueron tomados como objeto para obtener recursos financieros y materiales nacionales y extranjeros,
CONSIDERANDO el estado de deterioro físico, moral, social y sicológico a que los menores desamparados estuvieron sometidos,
CONSIDERANDO los abusos y la manera inhumana en que los menores fueron tratados, conforme a las evaluaciones médicas y sicosociales realizadas por profesionales de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asitencia Social,
CONSIDERANDO: Que con esta actuación la mencionada Escuela "San Salvador", ha violado sus propios estatutos y desnaturalizado sus objetivos,
CONSIDERANDO: Que el Artículo 13 de la Ley sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, No. 520, de fecha 26 de julio de 1920, dispone que "Cuando una asociación se dedique a fin un ilícito o no realice el fin para el cual fue instituida, el Poder Ejecutivo podrá disolverla..."
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
a
D E C R E T 0 ,
Articulo 1.- Queda derogado el Acgpite c) del Articulo 1 del Decreto No.
2610,
de fecha 1 de enero de
1985,
que concedi6 e l beneficio de
l a
incorporaci6n a l a Escuela Hogar
de NiEos Hudrfanos y Desamparados "San
Salvador".
ArtZculo 2.-
Envlese a la Secretaria de Estado de Salud P&lica
y
-Ir
Asistencia Social, a l a Secretaria de Estado de Educacidn, Bellas Artes y
Cultos,
y
a
la Procuraduria General de
la RepGblica,
para
10s fines
cor re spondie nte s .'
DADO
en Sants Doming0 de Guzmh,
Distrito Nacional,
Capital. de l a
Repcblica Dominicana, a 10s veintidn (21) dlas del mes de abril del aiio m i l
novecientos ochenta y ochor afio 145O de l a Independencia y
125O de la
Restauraciih.
JOAQUIN BALAGUER
II
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.