Texto de la norma
Dec. No. 119-88 que autoriza al Bank Settlement Plan de la International Air Transport Association, a fijar su domicilio en la República Dominicana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 119-88
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo el "Bank Settlemet Plan de la International Air Transport Association", Asociación sin fines de lucro, constituida y existente de conformidad con las leyes de la ciudad de Ginebra, Suiza y con su domicilio principal en la 26 Chemin de Joinville (P. O. Box 160) 1216 Cointrin, Geneva, Suiza, debidamente representada en la República Dominicana por la señora Martha Pérez Siragusa.
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia,
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, de fecha 26 de julio de 1920 y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza al "Bank Settlement Plan de la International Air Transport Association", Asociación sin fines de lucro, constituida y existente de conformidad con las leyes de Ginebra, Suiza, debidamente representada por la señora Martha Siragusa, a fin de fijar domicilio en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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