Texto de la norma
Dec. No. 981-86-204 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 981-86-204
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombre, establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- La señora Deogracia Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Clara Polanco.
Artículo 2.- La señora Lidia Sánchez de la Rosa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Lidia Argentina Sánchez de la Rosa.
Artículo 3.- El señor Demetrio Santana Guerrero, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Nenito Santana Guerrero.
Artículo 4.- La señora Evangelista Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Juana Evangelista Rodríguez.
Artículo 5.- La señora María Mireya Bautista Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Irma Mireya Bautista Rosario.
Artículo 6.- La señora Francisca Vásquez Vásquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Minerva Vásquez Vásquez.
Artículo 7.- La señora María Margarita Rodríguez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana Rita Rodríguez.
Artículo 8.- Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
Artículo 9.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 1430 de la Independencia y 1240 de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.