Texto de la norma
Dec. No. 945-86-168 que autoriza una emisión de sellos para documentos.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 945-86-168
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
3,000,000 (TRES MILLONES) de sellos del tipo de RD$1.00, numerados del 6000001 al 9000000, color verde claro, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
2,000,000 (DOS MILLONES) de sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 500001 al 2500000, color sepia, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$3.00, numerados del 1000001 al 1500000, color morado, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$4.00, numerados del 3800001 al 4300000, color rojo, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
Artículo 2.- La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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