Texto de la norma
Dec. No. 135-89 que autoriza a varias compañías extranjeras a fijar su domicilio en la República Dominicana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 135-89
VISTAS las instancias y documentación anexa que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado las compañías extranjeras contenidas en la parte dispositiva del presente decreto, solicitando autorización para fijar domicilio en la República Dominicana;
VISTO el Artículo 13 del Código Civil de la República Dominicana.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a las compañías extranjeras descritas a continuación, a fijar domicilio en el territorio de la República Dominicana:
a) Sociedad Anónima denominada Intro Marketing, constituída y existente de conformidad con las leyes del Estado donde se encuentran sus oficinas principales, a saber: Torre Banco Germánico, calle cincuenta y cinco (55) y cincuenta (50) Este, el Dorado, Ciudad de Panamá, República de Panamá;
b) Sociedad Comercial denominada Grupo Industrie Electromecchaniche Per Impianti All'Estero -G.I.E., S.P.A., constituída y existente de conformidad con las leyes del Estado donde se encuentran sus oficinas principales, a saber: Vía Sebastiano Caboto No.7-A, Córcico, Milán, República de Italia
c) Sociedad Comercial Societa Italiana Construzione E Montaggi, S.I.C.O.M., S.P.A., constituída y existente de conformidad con las leyes del Estado donde se encuentran sus oficinas principales, a saber: Vía Caboto No.15-A, Córcico, Milán, República de Italia.
Párrafo: Las anteriores compañías extranjeras deberán sujetarse a las disposiciones y reglamentos existentes en la República Dominicana en las áreas en que desarrollen sus actividades.
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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