Texto de la norma
Dec. No. 647-86 que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 647-86
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. lll de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541 del 22 de septiembre de 1956 que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No. 4249 del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores;
VISTA la Ley No. 633 sobre Contadores Públicos, Autorizados de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes;
INGENIERO INDUSTRIAL:
Víctor Rudiberto Antonio Balbi Reyes, Félix Pérez, Rubén Antonio Corporán, y Diómedes Areche Palacio.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Luisa María Quezada.
Artículo 2.- Envíese al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, a la Secretaría de Estado de Finanzas, y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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