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Texto de la norma
D E C R E T 0,
Artículo 1. -
Se concede franquicia postal y telegráfica al Fondo de Cultura
Jurídj.ca, Inc., por el término de dos años, para el uso exclusivo de los
asuntos concernj.entes a las actividades que desarrolla dicha entidad.
,.
Artículo 2. -
Envíese al Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM), para los
fi.nes correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana,
a
los diecisiete
(17)
días
del
mes
de
julio del
año
mil
novecientos
ochenta y
seis,
año
de la Independencia y
de la
Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No. 595 que autoriza al AyuntaIlLi.ento del municipio de
..
Santiago a vender un solar de su propiedad.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Repúblj.ca Domj.nicana
NUMEROr 595-86
•
VISTA la Ley No. 4381 de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley No. 5577 de
fecha 14 de julio de 1961,
•
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55. de la
Constitución de la República, dicto el sj.guiente
D E C R E T 0,
•
Artículo Unj.co. -
Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a
vender el solar de su propiedad que se describe a continuación:
Al señor José Darío Peña, el solar No. 11, de la Manzana No. 1020, con un
área de
847.05 metros cuadrados, del Distrito Catastral No.
1, de dj.cho
munj.cipio, por el precio total de RD$12, 705. 75.
DADO, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Domj.nicana,
a
los diecisiete
(17)
días
del
mes
de
julj.o del
año
mil
novecientos ochenta
y
sej.s,
año
de la Independencia y
de la
Restaurac:i.ón.
• •
__ .
111'
SALVADOR JORGE BLANCO
..
a
A
..
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