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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 575-86

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 nov de 1986fecha
Exequáturtipo
G. O. 9689Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 575-86 que otorga Exequátur a varios profesionales. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 575-86 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111 de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley del Notariado No. 301 de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones; VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821 de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146 sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 4541 del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No. 4249 del 13 de agosto de 1955 que hace obligatoria la pasantía de los ingenieros, arquitectos y agrimensores; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL: Julián Antonio De Jesús Torres y Jaime Osiris King Cordero. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO: Sonia Altagracia Ventura Pichardo y Gonzalo Agustín Placencio Polanco. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE HIGUEY: Tomás Abreu Martínez. ABOGADO: Ramón Emilio Concepción, Sergio Ramón Muñoz Facenda, Juan Isidro Noble Moreno, Otilio Morillo Reyes, Silverina Bastardo Mota, Juana Amarilis del Pilar Mejía Mateo, Rosa Julia Mejía Cruz, José Salvador Sánchez Alvarez, Angela del Rosario Román, Rafael Horacio Ferrera De la Cruz y José de la Cruz Bobea Hernández. MEDICO: Amílcar Leandro Abreu Larancuent, Juan Alberto Lama Villabrille, Ana Yolanda Esperanza Duarte Mena, Nurys Teresa Vargas, Marcia Consuelo de la Altagracia Cedeño Rijo, Altagracia Luciano, Orlando José Sturla Abreu, Altagracia Bernardita De los Santos Mata, Maira Josefina Ruiz Guillén, Juana Rosanna Falcón Féliz, Cristian José Restituyo Portes, Marina Colombina Pérez Cuello, Pura Concepción Jiménez De los Santos, Oliva Herminia Heyliger Creque, Domingo Aníbal Oliva Bidó, Lianda Davis Bias, Mayra Minerva Pujols Beras, Miguel Enrique Hernández Paredes, Abasita Medina, Virgilina Corniel González, Cesáreo José Beato Cáceres, Mayra Elvira de la Altagracia Molina Veloz, Jorge Luis Cornielle Peña, Aida Altagracia Mercedes Cepeda, Hilma Luz Altagracia Coradín Torres, Rafael Augusto Sánchez Cárdenas, Denisse Lourdes del Rosario Reyes Dickson, Desiderio Antonio Vanderhorst Duvergé, Clara Luz Jiménez Rodríguez, Yanes Cristina Rodríguez Silver, Fanny Margarita Jáquez Valdez, Rosa María Lockward Mota, Tariq Adullah, Forosa Santos Hilario, Isaura Antonia Mota Veloz, Francisco Miguel De Jesús de la Cruz Grullón y Altagracia Bienvenida Mañón Mota. ODONTOLOGO: Eduardo Celestino Salvo Mendicuti, Pablo Montes Ros, María Victoria Romero Guillén, José Alfonso Jiménez Val, Pedro Alcántara Iglesias, Alvaro Antonio Carballo Hernández, Santiago Baños Gallardo, Felisa Ortega Arroyo, José Sánchez Del Campo Correa, Francisco José García Sánchez, María Laura Solans Díaz de Lara, Roberto Alonso Sosa, Manuel José Marín Morales, Nicolás Salado Valle, Joaquín Antonio Zaraboso Solís, Martha Altagracia Poueriet Rosario, José Carlos Otero Pagán, Ana María Carbonell Aliaga, Firgia Maritza Diprés Terrero, María de los Angeles Rodríguez Marín, Maritza Eugenia Altagracia González Martínez, Guillermo Eloy López Sánchez, Manuel Soria Soria, Aurelina Mercedes Casimiro Girón, Jesús Castro Sainz, Ovidio Jiménez Ramos, Nieves Manuela Martín Rodríguez, Ramón Torralba Martín, Francisco Javier Peñalva Escalada, José Luis Saldaña Vera, Ignacio Javier González-Outon Velázquez, Francisco Javier Denche Molina, Javier Fernández Díaz-Rato, Doris Alba Ferrés Miranda, Lívida Quezada Jiménez, Juan Carlos Cabeza De Alvarado, Felipe Sánchez Ferreiro, Antonio Ferreño Marante, Francisco Javier Hernández Marante, Juan De Mendiolagoitia Juliana, Ismael Sanz Mateo, José Pablo Olcina Pérez, Jacqueline Lucía Ruiz Cueto y Belkys María Hernández Cabrera. MEDICO VETERINARIO: Ramón Eligio Tapia Stevens y Dominicano Bienvenido Modesto Faringthon. MEDICO ESTOMATOLOGO: Juan Rufino Madera Cid y Carmen Aracely Fermín Alvarez. TECNOLOGO MEDICO: María Bertilia Simmons Bernhardt. PSICOLOGO: Fidelina Altagracia del Corazón de Jesús Soto Núñez. LICENCIADO EN QUIMICA: Eudis Edila Ochoa Tirado, Ramón Antonio Rodríguez Rodríguez, Melania Andrea Pelegrín Beras y Librada Quezada Guzmán. DOCTORAS EN FARMACO-BIOQUIMICA: María Concepción Cantizano Abreu, Mildred Altagracia López Cruz y Dorka María Dayeh Tavárez. LICENCIADO EN FARMACIA: Adriana del Carmen Agüero Joaquín, Ercilia Adelaida Minaya Santana y Lucrecia Rodríguez González. LICENCIADO EN ENFERMERIA: María del Carmen Guzmán Hiciano, Delsi Felicia Lazala Bautista y Ana Julia Rondón Hernández. INGENIERO CIVIL: Manón Aida Isa Velásquez. Artículo 2.- Se modifica el Artículo 1 del Párrafo ll, del Decreto No. 326 de fecha 16 de octubre de 1982, para que diga de la siguiente manera. INGENIERO GEOFISICO Y DE MINAS: Nelson Eurípides Suárez. Artículo 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y seis, año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona