Texto de la norma
Dec. No. 3221 que aprueba la modificacibn de 10s estatutw de la Hermandad de Pensionados de las Fuerzas Armadas
y la Policia Nacional, introducida en fecha 13 de abril de 1985.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Rephblica Dominicana
NUMERO: 3221
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduria General de la RepGblica, ha elevado a1
Poder Ejecutivo la asociacibn que se menciona en la parte dispositiva del presente decreto, en el sen-
tido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en sus estatutos;
VISTOS 10s documentos que acompafian dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre .4sociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucibn de la. Repliblica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Queda aprobada la modificacibn de estatutos de la “Hermandad de Pensionados de las
Fberzas Armadas y la Policia Nacional, Inc.”, que tiene su domicilio en Santo Domingo de CuzmLn,
Distrito Nacional, de fecha 13 de abril de 1985.
Articulo 2.- Dicha modificaci6n seri efectiva tan pronto como la indicada asociacion realice la
publicacibn y el dep6sito a que se refiere el Articulo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920.
Articulo 3.- Enviese a la Procuraduria General de la Rephblica, para 10s fines correspontlientes.
DADO en Santo Domingo de Guznx’in, Distrito Nacional, Capital de la RepGblica Domiriicana, a 10s
trece (13) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos ochenta y cinco; aiio 142’ de la Indepen-
dencia y 122’ de la Restauracion.
SALVADOR JORG E BLANCO
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