Texto de la norma
Dec. No. 3106 que otorga exequatur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 3106
VISTA la Ley sobre Exequatur de Profesionales, No. 11 1, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus
modificaciones:
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones;
l>IS'iA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el parrafo del Articulo 6 de la
Ley No. 4249, dcl 1 3 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantia profesional de lo\ ingenicros,
arquitcctos y agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion dc la Republica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se otorga esequitur a las pcrsonas sefialadas a continuacibn, para que pucdan cjercer
en todo el territorio de la Republica, sus respcctivas profcsiones, de conformidad con las lq-es !. regla-
mentos vigentes:
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Angel Salvador Canó Sención, Luis Miguel Pereyra Cornielle y Amelia Mercedes del Monte Valverde de Sosa.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO:
Eddy Rafael Abreu Hernández.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE LA ROMANA:
José Arturo Mejía Morató.
INGENIERO CIVIL:
Benjamín Rafael Uribe Barinas, Eugenio Arturo Checo Bueno, Víctor Salvador Aristy Sención, María Magdalena Núñez Brito, Naime Inmaculada Varull Ruiz, Juana Angela Guerra Ubri, Romeo Antonio Del Valle Pérez, Valentín Cordero Lora, Jesús María Concepción Jiménez, Justo Enrique Lebrón Jáquez, Fausto Antonio Durán Camilo, Roberto Antonio Laborde Castillo, Euclides Rafael Sánchez Tavárez y Francisco José Peña Rivas.
ARQUITECTO:
Susana Desirée Isaac Kury, Ziomara Josefina Rodríguez Jiménez, Antonio Nicolás Thomas García, Luisa Casilda Alvarado Severino, Thelma Valentina Valenzuela Sánchez, Juan Eladio de Jesús Olivares Alcántara, Mayra Inés Consuegra Jiménez, Rosa Altagracia Suncar Ulloa, Rafael Antonio Batista Rodríguez, José Martín Rodríguez Fuentes, Ruth Esther Leonardo Rijo y Mary Esperanza Lizardo Guerrero.
INGENIERO ELECTRICO:
José Emilio Santelises Olivares y Euribíades Andújar Gil.
INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA:
Angel Francisco Mc. Cabe Quiñones, Luis René Antonio Martínez Paulino, Víctor Henry Osvaldo Ureña Rivera y Lucía Aracelis González Clark.
INGENIERO QUIMICO:
Sixto Wilfredo González Valdez.
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INGENIERO GEOLOGO Y DE MINA: v
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Manuel Antonio Reyna Tejada,
AGRIMENSOR:
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1.-
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Moisks Benzin Germin y Te6filo Radhamis Tejeda Acosta.
Articulo 2.- Enviese a la Procuradyria General de la Republica, a1 Colegio Dominican0 de Ingenie-
ros, Arquitectos y Agrimensores y a1 Consejo Nacional de Educacion Superior, para 10s fines corres-
p ondien tes.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica lloniinicana a 10s
veintiocho (28) dias del mes de junio del ano mil novecientos ochenta y cinco; ano 142O de la Inde-
pendencia y 1220 de la Restauracion.
SALVADOR JORGI~, BLANC0
Dee. No. 3107 que otorga exequatur a varios profesionales.
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