Texto de la norma
Dec. No. 3083 que concede la Medalla al Mérito del Maestro, a varios educadores dominicanos.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3083
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado reconocer los altos merecimientos de los profesores que han demostrado abnegación y vocación de servicio, realizando una ardua labor en favor del desarrollo de la educación nacional;
CONSIDERANDO: Que la Ley No.70, del 16 de noviembre de 1979, instituyó la Medalla al Mérito del Maestro, como máximo galardón con que el Estado Dominicano premia a los maestros que se han distinguido en el ejercicio de sus funciones;
VISTA la solicitud dirigida al Poder Ejecutivo por la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, en el grado de Premio al Honor, con el nombre de Pedro Henríquez Ureña, al profesor Malaquías Gil Arantegui.
Artículo 2.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, grado de Reconocimiento, con el nombre de Eugenio María de Hostos, a la profesora Altagracia Milagros Garrido Mañón.
Artículo 3.- Se concede la Medalla al Mérito del Maestro, grado de Estímulo, con el nombre de Salomé Ureña de Henríquez, al profesor Martín Vargas de la Cruz.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 122° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO.
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