Texto de la norma
Dec. No. 3054 que concede nacionalidad dominicana provisional al menor de edad Wei—Chien Yang Chao (a) Wea Chie Yang Chao.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3054
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo los señores Chane Yi Yang Yang y Wen Hsin Chao de Yang, para que le sea concedida la nacionalidad dominicana provisional a su hijo menor de edad Wei-Chien Yang Chao (a) Wea Chie Yang Chao;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No.1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No.2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la nacionalidad dominicana provisional en favor del menor de edad Wei-Chien Yang Chao (a) Wea Chie Yang Chao, nacido en Taipei, Taiwan, en fecha 21 de octubre de 1981, hijo de los señores Chane Yi Yang Yang y Wen-Hsin Chao de Yang.
Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 122° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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