Texto de la norma
Dec. No. 519-86 que autoriza una emisión de sellos
postales para el franqueo de la correspondencia.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
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NUMERO: 519-86
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461 de fecha 18 de julio de 1950,
En ejercic'io de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la
Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O,
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Artículo l. -
Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el
franqueo de la correspondencia de acuerdo a las disposiciones técnicas,
DENOMINACION : XXV Aniversario de la Gesta Heroica del 30 de mayo de 1961.
DISEÑO : Reproducción del Monumento Conmemorativo a honrar a los Héroes y Mártires de la Gesta del 30 de mayo de 1961
ESPECIFICACIONES : Llevarán las leyendas República Dominicana, Correos, su valor facial expresado "10 c", y los textos que identifiquen los temas de su diseño.
CANTIDAD : Seiscientos mil (600,000) ejemplares.
VALOR : Diez centavos (RD$0.10).
Artículo 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente serán impresos en formato rectangular, en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento off-set, multicolor.
Artículo 3.- Para la indicada emisión se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103gm2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis; año 143o de la Independencia y 123o de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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