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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 431-86

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 may de 1986fecha
Exequáturtipo
G. O. 9686Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 431-86 que otorga exequátur a varios profesionales. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 431-86 VISTA la. Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111 de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones, VISTA la Ley del Notariado No. 301 de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones, !.; VIST~7 la Ley No.... sobre Organización Judicial No. 821 de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaqiones, VISTA la Ley No. 146 sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados de fecha 11 de mayo. de 1967, y sus modificaciones, VISTA la Ley No. 633 sobre Contadores Públicos Autorizados de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R B '.r O. Artículo l. - Se otorga exequátur. a ·las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territo~io de la República, sus respectivas • profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes. NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL. Claudina Vicioso Galán, Angela Altagracia Fontanilla Bueno de Pavón y Pedro Alonso Tavárez García. NOTARIO P~LlCO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO, Francisca Gabiela García Gómez, José Confesor Arroyo Ramos, Emilio Rafael Castaños Núñez y Samaria Annery Díaz De Jesús. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE VILLA VASQUEZ, Minda Altagracia Peña Sosa. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE LA ROMANA, Martha Irene García Villar. i NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE EL SEYBO, Juan Ramón Altagracia Cordunes. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE MONTECRISTI: Anselmo Radamés Marichal Abréu. ABOGADO: Ariosto Alexis Arias Arias, Fior D'Aliza Morillo Rosario, Máximo Núñez Peralta, Minerva Antonia Rincón, Francia Giselda Robles Ferreira, Cándida Rosa Mercedes Mella Abréu y Cristina Augusta Perera Rodríguez. MEDICO: Bithers Nelson Anderson, Jesús María Lantigua Lora, María Francisca Magalis Núñez Pantaleón, Víctor Tomás Delanoy Núñez, Ymelda Altagracia Acosta Pérez, María Cecilia Méndez Litche, Miriam Dorisbel Ogando Camilo, Francisco Gregorio Alvarez Aquino, Pedro Emmanuel Namtala Ramírez Slaibe y Vanessa Altagracia Rojas de Lemos. PSICOLOGO: Berenice Josefina Guerrero Pérez. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO: Leocadio Ramírez Alcántara, Yverky Xiomara Pérez Rivera, Juan Bautista Gerbacio Oviedo, Rosario Milagros Martínez Durán, Celeste Oneida Severino Ramos, Mirian Gisela Ramírez Peguero, Danilda Albertina Rojo Amell, Flavio Iván de la Cruz Ramírez, Enegilda Altagracia Almengo Vélez, José Rafael Germosén Rivera, José Carmona Santos, Fabiola Zobeida Bonnet Gómez, Melesia Santos Ortiz, Juan Lora Reyes, Agustín Arias, Alba Maritza Benjamín Garnett Pérez, César Dionisio Rosado Polanco, Petra Marilyn Antonia Cuello Ortega, Dennis Altagracia Nin Terrero, Nelzon Manuel Abréu Olivo, Simón Lizardo Mezquita, Elba Devers Adames, Máximo Arturo Bautista Taveras, Ibelis Ogando Matos, José de Jesús Mena Rosario, Carmen Mercedes Fondeur Disla, Julio César Sánchez Mercedes, Carmen Yadira Díaz García, Nelson Frías De Jesús, Digna Altagracia Santana Paulino, Rafael Humberto Vargas Vásquez, Altagracia Minerva Veras Castro, Nelson de Jesús Cruz Archival, Roberto Antonio Sánchez Lara, Carmen Josefina Cruz Leonardo e Ivelisse Milian. Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona