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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 347-86

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 abr de 1986fecha
Exequáturtipo
G. O. 9684Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
• NUMERO. 346-86 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T 0, Artículo 1.- El Coronel Abogado, F.A.D., Dr. José Antonio Galán carrasco, queda designado Jue~ Primer Sustituto del Presidente del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas, en sustitución uel capitán de Navío, M. de G., Leonel Vicente Pérez Leonardo. Artículo 2. - El Capitán de Navío, M. de G., Leonel Vicente Pérez Leonardo, queda designado JUez del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas, en sustitución del Coronel Abogado, F .A. D., Dr. José Antonio Galán carrasco. • DADO en Dominicana, novecientos Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República a los veintiocho (28) días del me~ de abril del año mil ochenta y seis, año 1430 de la Inuependencia y de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO Dee. No. 347--86 que otorga exequátur a varios profesionales. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Do~nicana NUM.ERO: 347-86 • VISTA la Ley sob.re Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones, VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaci.opesl VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de Junio de 1964, y sus modificaciones, VISTA la Ley No. 146 sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificacionesl .' . • VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: ABOGADO Poralirio De León Joaquín, Teofilo Zorrilla, Santiago Florián Florián, Antonio Vásquez Cortorreal, Miguel Angel Núñez Corona, Luis Enrique Beltré Moreno, Andrés Bienvenido Figuereo Herrera, Felipe Radhamés Santana Rosa, Juan María Tavárez, Juan Pilier Ruiz, Huldah González Rijo, Luis Antonio Brea Mejía, Alexander Efraín Soto Ovalle, Amable Núñez Vargas, Vicente Urbáez, Rubén Darío De Oleo Rodríguez, Jorge Henríquez, Pantaleón Fulcar Berigüete, Arismendy Cruz Rodríguez, Sonia Altagracia Ventura Pichardo, Juan Rafael Gutiérrez, Félix Miguel Jesús Santana Romero, Pompilio de Jesús Ulloa Arias, Luis Rafael Sánchez Rosario, Brenda Ysabel D'Alessanoro Lefeld, Nurys Luisa Santos, Mayra Josefina Rodríguez Rodríguez y Gonzalo Agustín Placencio Polanco. NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL: Antonio Danilo Díaz Díaz, Nelson Geovanny Aquino Báez y Julio César Reyes José. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS: Angela Rafaela Alvarez Peña. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE JARABACOA: Carmen Nouel Abreu de Vásquez. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE BANI: Miguel Angel Díaz Santana. NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE CABRERA: Marlon Odalis Arias Almonte. MEDICO: Yang Ping Cheng, Dionny Rafael Antigua Cuevas, Pearo Alcántara Quevedo Reyes, Pura Mercedes Pérez de la Cruz, Wilson Ruddy Peña González, Josefa Dilia Pérez Monte de Oca, Neri Altagracia Yapor, Marina Altagracia Familia, • Maira Miguelina Lucía Duval Santelices, AltagrQcia Otilia Vaidez Tavárez, Elffi Marcelina Matos Abreu, Mayra María Arelis Roselia De Regla Peña de Coo, Juana Olimpia Ramírez Maldonado, Henry Mariano Gómez Suero, José Augusto Genaro Goico Rodríguez, José Vicente Ramírez Sánchez, Rafael Antonio Polanco Abreu, Juan Francisco Reyes Báez, Lucía de los Santos. Salvador, Carmen Amada García Tomas, Erick David Rosario Beltré, Luisa Carolina González Mejía, Luis O+ivo Guerrero De León, Isidro Medina Cancú, Francisco Martín Estévez, Marino Antonio Fernández Saillant, Ramona Antonia Mercedes Tejada, Andrea Altagracia Rosario Valerio, Angel &tilio Suazo Ramírez, Maira Elena Rodríguez Diloné, Eulalia Santos Zapata, Rafaela Pérez, Antonio Castillo, Adriana Mercedes Suero Ramírez, Cynthia Elizabeth Díaz Marte, Luis Arlllando Báez Pimentel, Rafael Calcagno de la Cruz, Teresita de Jesús Román RosaLio, Bélgica Miguelina de las Mercedes Tactuk Rodríguez, Flavia Altagracia ael Pilar Salcedo Puigvert, Franklin Leonardo Hernández Reinoso, Ramón E~equiel Acosta Santana, Mélida Ramírez Pérez y Cristina Ermida González Amparo. CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO, • Rafael Antonio Tavárez Rodríguez. Artículo 2. - Envíese a la Procuraduría General de la República, a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Finanzas y al Consejo Nacional de Educación Superior) para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y seis, año 1430 de la Independencia y de la Restauración. SALVAIJOR JORGE BLANCO Dec. No. 348-86 que deroga el Dec. No. 3063 del 19 de junio de 1985, que designó al Dr. Héctor Avi1a, Procurador Fiscal del Distrito Judicial de La Romana. • SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO, 348-86 . ~ En ejercl.cl.o de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente ... , • D B e R E T 0,

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona