Texto de la norma
Dec. No. 324-86 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 324-86
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461 del 18 de julio de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia de acuerdo a las disposiciones técnicas:
DENOMINACION : XV Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe "SANTIAGO 86".
DISEÑOS : Reproducción en pintura de las disciplinas deportivas: Levantamiento de Pesas, Gimnasia en Argollas, Clavado y Equitación
ESPECIFICACIONES : Llevarán las leyendas República Dominicana, Correos, su valor facial expresado "RD$0.10", "RD$0.25", "RD$0.35" y "RD$0.50", y los textos que identifiquen los temas de su diseño.
CANTIDAD : Un millón (1,000,000) de ejemplares de "RD$0.10"; seiscientos mil (600,000) ejemplares de "RD$0.25", quinientos mil (500,000) ejemplares de cada uno de los valores de "RD$0.35" y "RD$0.50".
VALOR : Diez centavos ( RD$0.10 ) veinticinco centavos ( RD$0.25) treinta y cinco Centavos (RD$0.35). cincuenta centavos (RD$0.50).
Artículo 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente serán impresos en formato rectangular, en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento off-set, multicolor.
Artículo 3.- Para la indicada emisión se utilizará papel litográfico para estampillas cromo 56B, sustancia 103gm².
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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