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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 308-86

QUE INTEGRA LA DELEGACION QUE REPRESENTARA A LA REPUBLICA DOMINICANA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 abr de 1986fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9683Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
.. En ejerc~c~o de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente , D E e R E T O. Artículo l. - Se concede la nacionalidad dominicana al señor Kwok Cheong Tse, de nacionalidad británica. Artículo 2. - El beneficiario recibirá la cartó. de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana, ante dicho funcionario. Artículo 3. - Enviese li las Secretarías de Estado de Interior y Policia, y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año mil novecientos .. ochenta y seisl año 1430 de la Independencia y 1230 de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO .. Dec No. 308-86 que integra la Delegación que representará a la República Dominicana en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Narcotráfico, a celebrarse en Brasil. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO. 308-86 • En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E e R E T O. Artículo Unico. - La Delegac:i,ón que representará a la República Dominicana en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Narcotráfico, a celebrarse en Rio de Janeiro, Brasil, del 22 al 28 de abril del año en curso, estará integrada por el Dr. Américo Espinal Hued, Procurador General de la República, quien la presidirá y los señores. Dr. Amiro Pérez Méra, Secretario de Estado de Salud pública y Asistencia Social, Dr. Vinicio Martín Cuello, • • Embajador Representante Permanente de la República ante la Organización de Estados • Americanos (OEA), Teniente Coronel José Dante Galán, Director del Departamento de Narcóticos y Drogas Peligrosas de la Policía Nacional, y el Lic. Migue{ l\,. Pichardo Olivier, Embajador Asistente de Política Exterior de la Secretaría ae Estado de Relaciones Exteriores, miembros. • DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y seis, año 1430 de la Independencia y 1230 de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO Dec. No. 309-86 que concede la nacionalidad provisional en favor del _nor de edad Chene¡ Yane¡ Hsu Chou. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO. 309-86 .. VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, ha elevado al Poder Ejecutivo, el señor Hong Lung Hsu-Nien" para que le sea concedida la nacionalidad dominicana a su hijo menor de edad Cheng Yang Hsu Chou, VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia, VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturaliza- ción, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950, • En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D B e R B '1' O. Artículo 1.- Se concede la nacionalidad dominicana provisional en favor del menor de edad Cheng Yang Hsu Chou, nacido en Taiwan, China, en fecha 29 de septiembre de 1985, hijo de los señores Hong Lung Hsu Nien y Hsiu Hiu Chou de Hsu, ambos de nacionalidad dominicana • • •

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona