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Texto de la norma
..
En
ejerc~c~o de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la
Constitución de la República, dicto el siguiente
,
D E e R E T O.
Artículo l. -
Se concede la nacionalidad dominicana al señor Kwok Cheong
Tse, de nacionalidad británica.
Artículo 2. -
El beneficiario recibirá la cartó. de naturalización de manos
del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad
a la República Dominicana, ante dicho funcionario.
Artículo 3. -
Enviese li las Secretarías de Estado de Interior y Policia, y
de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año mil novecientos
..
ochenta y seisl año 1430 de la Independencia y 1230 de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Dec No. 308-86 que integra la Delegación que representará a la República
Dominicana en la Conferencia Especializada Interamericana sobre
Narcotráfico, a celebrarse en Brasil.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO. 308-86
•
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la
Constitución de la República, dicto el siguiente
D E e R E T O.
Artículo Unico. -
La Delegac:i,ón que representará a la República Dominicana
en
la
Conferencia
Especializada
Interamericana
sobre
Narcotráfico,
a
celebrarse en Rio de Janeiro, Brasil, del 22 al 28 de abril del año en curso,
estará integrada por el Dr. Américo Espinal Hued, Procurador General de la
República, quien la presidirá y los señores. Dr. Amiro Pérez Méra, Secretario
de Estado de Salud pública y Asistencia Social, Dr. Vinicio Martín Cuello,
• •
Embajador Representante Permanente de la República ante la Organización de
Estados
•
Americanos (OEA), Teniente Coronel José Dante Galán, Director del Departamento
de Narcóticos y Drogas Peligrosas de la Policía Nacional, y el Lic. Migue{ l\,.
Pichardo Olivier, Embajador Asistente de Política Exterior de la Secretaría ae
Estado de Relaciones Exteriores, miembros.
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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año mil novecientos
ochenta y seis, año 1430 de la Independencia y 1230 de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No. 309-86 que concede la nacionalidad provisional en
favor del _nor de edad Chene¡ Yane¡ Hsu Chou.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO. 309-86
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VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior
y Policía, ha elevado al Poder Ejecutivo, el señor Hong Lung Hsu-Nien" para
que le sea concedida la nacionalidad dominicana a su hijo menor de edad Cheng
Yang Hsu Chou,
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia,
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturaliza-
ción, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31
de diciembre de 1950,
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la
Constitución de la República, dicto el siguiente
D B e R B '1' O.
Artículo 1.- Se concede la nacionalidad dominicana provisional en favor del
menor de edad Cheng Yang Hsu Chou, nacido en Taiwan, China, en fecha 29 de
septiembre de 1985, hijo de los señores Hong Lung Hsu Nien y Hsiu Hiu Chou de
Hsu, ambos de nacionalidad dominicana •
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