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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2996

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 may de 1985fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9662Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
w r En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucibn de la Repbblica, dicto el siguiente D E C R E T 0: Articulo 1.- Se concede la nacionalidad domincana a las siguientes personas: a) A 10s esposos Fong Shiang Lee y Yung Hui Wei de Lee, ambos de nacionalidad china, conjunta- mente con su hija menor de edad Yun Mei Lee Wei b) A1 seiior Santos Martinez Gonzaez, de nacionalidad espaiiola. Q Artfculo 2.- Los beneficiarios recibirh las cartas de naturalizacibn de manos del Secretario de l.3~ tad0 de Interior y Policia, previo juramento de fidelidad a la RepGblica Dominicana ante dicho funcicr nario, de todo lo cud se redactad acta que debed publicarse en la Gaceta Oficial. Articulo 3.- Envicse a las Secretarias 'de Estado de Interior y Policia y de Relaciones Exterhrcs, para 10s fines correspondientes I DADO en Santo Domingo de Guzmdn, Distrito National, Capital de la RcpGblica Dominicana, a 10s veintitrbs (23) dfas del m a de mayo del aiio mil novecientos ochenta y cinco; aiio 142O de la Indt pendencia y 122' de la Restauracibn. SALVADOR JORGE B.LANC0 Dlc No. 2888 que concde el kmficio de k i~torponci6n a mrkr asechionm. SALVADOR JORGE BLANC0 Presidente de la RcpGblica Dominicana NUMERO: 2996 VISTA la Ley No.520, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920, y sus modificaciones; r En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucibn de la RepGblica, dicto el siguiente c, D EC R ET 0: Articulo 1.- Se concede el bencficio de la incorporpcibn a las siguicntes asociaciones: c‘ \ (I - x a ) “Asociacibn de Antiguos Alumnos del Colegio Loyola”, que tiene su domicilio en Santo Do- / m h o de Guzmin, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en * fecha 10 de octubre de 1984. b) “Patronato Pro Universidad Odontolbgica Dominicana” (PRO-UOD), que tiene su domicilio en anto Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea cele- rada en fecha 18 de abril de 1985. ) “Club Activo 20-30 de Villa Vhquez“, que tiene su domicilio en el municipio de Villa Vkquez, rovincia de Monte Cristy y cuyos estatutos heron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 29 de mayo de 1975. F K in, Distrito Nacional, y cuyos estatutos heron aprobados en Asambela celebrada en fecha 25 de f e d) “Ministerio Evangtlico de Salvacibn” (MIES), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guz- * brero de 1985. sociacibn Banileja de Productores de Lec?ie”, (ABAPROLECHE), que tiene su domicilio en el de Bani, provincia Peravia, y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 13 de noviembre de 1982. Articulo 2.- Dichas incorporaciones serin efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efecnien el depbsito y la publicacibn a que se refiere el Articulo 4 de la Ley No.520, sobre Asociacio- nes que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920. * Articulo 3.- Enviese a la Procuraduria General de la RepGblica, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la RepGblica Dominicana, a 10s veintitrb (23) dias del mes de mayo del aiio mil novccimtos ochenta y cinco; aiio 142O de la indepen- dencia y 122O de la Restauracibn. SALVADOR JORGE BLANC0

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona