Texto de la norma
Dec. No. 2991 que autoriza una impresión de sellos para documentos.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2991
VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
500,000 : (quinientos mil) sellos del tipo de RD$3.00, numerados del 500001 al 1000000, color morado, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
500,000 : (quinientos mil) sellos del tipo de RD$4.00, numerados del 2300001 al 2800000, color rojo, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
Artículo 2.— Se autoriza la siguiente impresión de sellos para el servicio consular rentado:
200,000 : (doscientos mil) sellos del tipo de RD$5.00, numerados del 775001 al 975000, color azul, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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