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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2976

QUE OTORGA EXEQUATUR A VARIOS PROFESIONALES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 may de 1985fecha
Exequáturtipo
G. O. 9662Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 2976 que otorga exequátur a varios profesionales. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2976 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No.111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No.146, sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967 y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.— Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: MEDICO: Fermín Mercedes De la Cruz, Jorge Rafael Mejía De Castro, Yasmi Lavinia González Aybar, Hilario Hernández Pérez, Rolando Antonio Santos Liz y Pedro Pablo Ramón Paredes Vallejo. ODONTOLOGO: Damaris Esther Felicia Evertz Cueto, Teresa Baugh, Manuel Ramón Pichardo Salvador, Ydelphia Inmaculada Pérez Mirambeaux, Martina Audeliz Melo, Ana Cecilia Cedeño Guerrero, Ramona Elina Casado González, María Cristina Pérez Javier, Iris Alexandra Ubiñas Brache, Federico José Nin Noya, Yolanda Delgado Fernández, Aldo Lujan Jr., Carmen Ligia Rosario Rosario, María Elena Deus Fernández, Margarita Ivelyn Guevara López, Zoila Margarita Martínez y Miguel Rafael Antonio Vega Fernández. FARMACEUTICO: Aurora Altagracia Jáquez Rodríguez, María Alejandra Sánchez Rodríguez, Paula Isabel Cristina Margarita Mejía Marty, Senona Teresa Alonzo Faña, Míriam Altagracia Mercado Reyes, Juana Evangelina Castillo Sánchez, Raisa Alexandra Rivera de la Rosa, Melba Rita Díaz Peña, Daniel Alonzo Rodríguez Poy, Milagros De Regla Pimentel Mejía y Adalgisa Altagracia Santos Burgos. ENFERMERA: Vidal Graciano Pérez, Mercedes Altagracia Hernández Castillo, Confesora González Dotel y Eusebia Espiritusanto del Río. QUIMICO: María Victoria Madé Serrano, Marcos Rondón Adón, Diego Antonio Abreu Vargas, Carmen Liliana Martínez Ulerio, Luis Arsenio Olaverria Tejeda. BIOANALISTA: Andrea Montero Mateo, Iris Sunilda García, Gertrudis Hiraldo Beco, Irma Antonia Campusano Peguero, Flavia Cristina Rosario Brito, Carmen Josefina Orozco Roa y Angélica del Carmen Pimentel Benítez. PSICOLOGO: Mercedes Fe Ogando Mateo, y Belkis Selene Lazala Bautista. PSICOLOGO INDUSTRIAL: Ingrid Ydalia Martínez Cabrera. MEDICO VETERINARIO: Luis Antonio Núñez Peguero, Kris Mammas Casasnovas, Ana María Barceló Larocca, Angélica del Carmen Pimentel Benítez, Freddy Rafael Cabrera Sánchez. ESTOMATOLOGO: Marcos Esteban Franco Piola. Artículo 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 122° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona