Texto de la norma
Dec. No. 2940 que aprueba la modificación de estatutos de la Asociación Dominicana de Rehabilitación, Inc. (ADR).
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2940
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República, ha elevado al Poder Ejecutivo la asociación que se menciona en la parte dispositiva del presente decreto, en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en sus estatutos;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Queda aprobada la modificación de estatutos de la "Asociación Dominicana de Rehabilitación", Inc., (ADR), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, de fecha 16 de febrero de 1985.
Artículo 2.- Dicha modificación será efectiva tan pronto como la indicada asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920.
Artículo 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 122° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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