Texto de la norma
Dec. No. 637-87 que concede el beneficio de la incorporaci6n
a varias asociaciones
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JOAQUIN BALAGUER
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Presidente de la Rephblica Dominicana
NUMEROr 637-87
VISTA l a Ley 520 de fecha 26 de j u l i o de 1920, sobre Asociaciones que no
Tengan por Objeto un Beneficia Pecuniario y sus modificacionesr
En ejercicio de las atribuciones que me confierd el Artlculo 55 de l a
ConstituciBn de la Repiiblica, dicto el siguiente
D E C R E T 01
Artlculo 1.- Se concede el beneficio de l a incorporacidn d las siguientes
asociaciones t
k
a) "Templo Biblico El Olivar", que tiene su domicilio en la ciudad de Snato Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de septiembre de 1987.
b) Asociación de Agricultores y Porcicultores "La Humanitaria", que tiene su domicilio en el Coco de Pedro Brand, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de mayo de 1987.
c) "Asociación Dominicana de Dueños de Floristerías, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en fecha 30 de abril de 1986.
d) "Asociación Internacional por la Paz (ASINTPAZ)", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 de julio de 1987.
e) "Federación de Parceleros Francisco del Rosario Sánchez" que tiene su domicilio en el municipio de Esperanza, provincia Valverde y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de marzo de 1987.
f) "Instituto Tecnológico de Salcedo (INTECNOSA)", que tien su domicilio en la provincia de Salcedo y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de marzo de 1987.
g) "Club Social y Recreativo Salvaleón de Higuey", que tiene su domicilio en el municipio de Higuey, provincia de La Altagracia y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de marzo de 1987.
h) "Iglesia Pentecostal del Concilio Latinoamericano de New York en la República Dominicana", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 10 de octubre de 1985.
i) "Hogar Cristiano para los Niños Huérfanos", que tiene su domicilio en la ciudad de Barahona y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 13 de septiembre de 1987.
j) "Primera Iglesia de Dios del Séptimo Día", que tiene su domicilio en la ciudad de Barahona y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 14 de octubre de 1987.
k) "Asociación de Propietarios de Tiendas de Regalos (Gift Shop), del Manguito", que tiene su domicilio en la ciudad de Puerto Plata y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 18 de agosto de 1986.
l) "Patronato de Ayuda al Cuerpo de Bomberos de Santiago" que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de octubre de 1985.
m) "Bloque de Asociaciones Productoras de Cacao de la Región Este", que tiene su domicilio en la ciudad de Hato Mayor del Rey y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de enero de 1987.
n) "Asociación Dominicana de Universidades, (ADOU)", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 3 de noviembre de 1987.
ñ) "Patronato de Padres y Amigos del Instituto de Educación Especial (IDES) Escuela Granja Taller", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 27 de octubre de 1987.
o) "Asociación Consejo Nacional de Defensa al Consumidor (CONADECO)", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de octubre de 1987.
p) "Asociación Juventud 92", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de agosto de 1987.
q) "Misión Dominicana del Sur de los Adventistas del Séptimo Día", que tiene su domicilio en la provincia de Azua, municipio de Azua, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 7 de julio de 1986.
r) "Comisión Internacional de la Convención Bautista Sureña", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de junio de 1987.
s) Asociación Pro-Divulgación y Facilitación de las Sagradas Escrituras, Literaturas Cristianas y Materiales Afines "El Maestro", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada en fecha 14 de octubre de 1987.
t) "Asociación Nacional de Desarrollo (ANDES)", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 23 de octubre de 1987.
u) "Asociación Voluntariado de Damas Pro-Ayuda a los Bateyes del Central Romana", que tiene su domicilio en la ciudad de La Romana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 30 de junio de 1987.
v) "Fundación Dominicana para la Educación Superior", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de agosto de 1987.
w) "Centro Nacional de Conferencias (CENACON)", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 19 de noviembre de 1987.
/'
x) "Asociaci6n Nacional de Notarios", que tiene su domicilio en la ciudad
de Santo Domingo, Distrito Nacional y
CUYOS estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 19 de noviembre de 1987.
Arthulo 2.-
Queda derogado el acgpite d) del Decreto No. 545-87 de fecha
30 de octubre de 1987.
ArtZculo 3.- Dichas incorporaciones ser6n efectivas tan pronto como las
indicadas asociaciones efectfien el dep6sito y la publicaci6n a que se refiere
el Articulo 4 de la Ley No. 520 sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un
Beneficia Pecuniario.
Articulo 4.- Envlese a la Procuradurza General de la Repdblica, para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la
RepGblica Dorninicana, a 10s treinta (30) dlas del mes de enero del a50 mil
novecientos ochenta y sietet a5o 144O de la Independencia y 125O de la
Restauraci6.n.
i JOA~UIN BALAGUER
rc .
Dee. No. 638-87 que otorga exequstur a varios profesionales
JOAQUIN BALAGUER
Presldente de la RepGblica Dominicana
i
NUMEROI 63 d
, 87
VISTA la Ley sobre Exequdtur de Profesionales No.111, de fecha 3 de
noviembre de 1942, y sus modificacionesr
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus
modificacionest
VISTA la Ley sobre Organizaci6n Judicial No. 821, de fecha :21 de
noviembre de 1927, y sus modificacionesr
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1955, que modifica el
Pdrrafo del Artzculo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace
Obligatoria la Pasantia Profesional de 10s
Ingenieros, Arquitectos y
Agrimensoresr
V
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantia de M6:dicos ReciCn Graduados de fecha
11 de mayo de 1967, y sus modificacionest -
VISTA la Ley No. 633, sobre Contadores Kblicos Autorizados, de fecha 16
de junio de 1944, y sus nrodificacionesr
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.