jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 621-87

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DEL INDULTO A VARIOS CONDENADOS POR LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 1987fecha
Indultotipo
G. O. 9725Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 621-87 que concede el beneficio del indulto a varios condenados por los Tribunales de la República JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 621-87 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Inciso 27 del Artículo 55 de la Constitución de la República, de conceder indulto, total o parcial, puro y simple o condicional, los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año, dicto el siguiente: DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio del indulto por el tiempo de las penas pendientes de cumplir, con efectividad el 23 de diciembre de 1987, a los siguientes condenados por los Tribunales de la República: PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA: Ernesto Guarionex Báez, Pedro Abreu González, Guarionex Báez, Manuel Caraballo Mores, Marino Contreras Contreras, Francisco Correa Genao, José De Los Santos Paniagua, Leoncio Encarnación Tejeda, Marcos Jiménez, Miguel Piet y Agustín Quezada Rodríguez. CARCEL PUBLICA DEL ENSANCHE LA FE: Carlos Manuel Abreu Villar, Enmanuel Exantus, Inés Moreno Yepe, Papo José Rodríguez Núñez, Francisca Escarramán, María Rosado Montero, Ramón De Jesús Castro, Cornelio Issac Santos y Elida Tejada Silverio. CARCEL PUBLICA DE MOCA: José Antonio Suero Doñé. CARCEL PUBLICA DE SANTIAGO: Carlos Manuel Aybar Percel y Emiliano Rodríguez. CARCEL PUBLICA DE VALVERDE MAO: Manuel Rojas y Roberto Vargas Rodríguez. CARCEL PUBLICA DE LA VEGA: Francisco Eladio Vargas Regalado, Adriano Abreu Salas y Gilberto Reyes Gómez. CARCEL PUBLICA DE SAN CRISTOBAL: Gustavo Peralta Lara. CARCEL PUBLICA DE AZUA: José D'Oleo Montero. CARCEL PUBLICA DE EL SEYBO: Luis Yuanes. CARCEL PUBLICA DE PUERTO PLATA: José Arismendy Francisco Guzmán. Artículo 2.- Los beneficiados del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimiento del tiempo de sus penas, a juicio del Procurador General de la República, cometan actos de mala conducta, demostrando así que no són merecedores de la generosa medida con que se les favorece, ingresarán de nuevo en los establecimientos penitenciarios correspondientes por una orden de dicho funcionario, donde permanecerán hasta el cumplimiento de sus penas, reputándose que no han sido indultados. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 125° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona