Texto de la norma
Dec. No. 31-89 que crea el Consejo de Asesores de la Zona Franca Industrial de Barahona.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 31-89
CONSIDERANDO: Que es necesaria la integración de un equipo de asesores que impulse los trabajos de instalación y desarrollo de la Zona Franca Industrial de Barahona,
VISTO el Decreto No.30-89 del 19 enero de 1989,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se crea el Consejo de Asesores de la Zona Franca Industrial de Barahona, establecida mediante Decreto No.30-89, del 19 enero de 1989, que tendrá a su cargo impulsar las labores de instalación y desarrollo de dicha zona.
Artículo 2.- El Consejo estará integrado por el Director General de la Corporación de Fomento Industrial, quien lo presidirá, el señor Manuel Villabrille, Vicepresidente, y por los señores José Aguiló, Máximo Báez, Rafael Altuna, Ing. David Lama, Sara Cury de Báez, Manuel Medina y Dr. Amílcar Lembert, Miembros.
Artículo 3.- El Consejo de Asesores escogerá de entre sus Miembros un Secretario, quien tendrá las atribuciones inherentes a ese cargo.
Artículo 4.- El Consejo de Asesores deberá elaborar el Reglamento que regirá todo lo relativo a sus funciones y atribuciones, y que será aprobado por la Dirección General de Fomento Industrial.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y nueve, año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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