Texto de la norma
Dec. No. 26-89 que autoriza una impresión de quinientas mil (500,000) tarjetas de turistas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 26-89
CONSIDERANDO que se hace necesario el diseño de una tarjeta de turista que la haga más comoda y práctica para el usuario,
VISTA la Ley No.199 del 9 de mayo de 1966, sobre el uso de la tarjeta de turista, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo Unico.- Se autoriza la impresión de quinientas mil (500,000) tarjetas de turistas, del valor de RD$10.00. Estas tarjetas estarán numeradas del 000001 al 500000 con el siguiente diseño: tendrán forma rectangular y sus dimensiones serán 189 x 110 mm., dividada en tres secciones: La primera sección consta de dos recuadros; un primer recuadro de 20 x 110 mm., en el que arriba y al centro y en letras grandes dirá: SECRETARIA DE ESTADO DE FIANANZAS, y debajo REPUBLICA DOMINICANA; en el centro y en letras grandes se leerá TARJETA DE TURISTA; debajo y a la derecha en letras grandes el valor. A la misma altura y a la izquierda aparece el número de tarjeta (6 dígitos), el segundo recuadro de 124 x 110mm., en el cual se obtendrá la información deseada, está encabezada por una frase en la cual se lee: Lléense firmemente en letras de molde, de inmediato se leerá en el siguiente orden: nombre completo, apellidos, nombres, fecha de nacimiento, día, mes, año, sexo: m o f; lugar de nacimiento, nacionalidad, ocupación, estado Civil: 1) soltero, 2) casado, 3) viudo o divorciado con sus casillas correspondientes para señalar: dirección permanente, calle número, ciudad, estado y país, dirección en la República Dominicana: calle, número, ciudad; alojamiento, hotel, privado, otro (especifique); motivo del viaje: 1) recreo, 2) negocios, 3) convención-conferencia, 4) estudios, 5) visita a amigos/parientes, 6) otro (especifique), precedido de sus casillas correspondientes: puerto de embarque; número de pasaporte; Vuelo No.; firmas del turista y del Inspector de Migración; debajo de la firma del turista se leerá en la segunda copia: consérvese para su salida esta sección termina con dos rayas. Inmediatamente se inicia la segunda sección dirá en letras grandes: INFORMACION DE SALIDA, y más abajo a la izquierda puerto de desembarque, vuelo No. Inspector de Migración. Esta sección termina con dos rayas y mide 20 x 110 mm. Debajo de las rayas y entre paréntesis dirá sólo para uso oficial; más abajo y a la izquierda se leerá OBSERVACIONES, y luego también a la izquierda Estadía Prevista Noche, y a la misma altura y a la derecha TARJETA PERDIDA, esta sección mide 25 x 110mm.
Al dorso tendrá un aviso al turista. El texto de la tarjeta aparecerá en español e inglés. Será de color rosado, con letras negras y llevará en el centro el Escudo Nacional tramado. Constará de original y dos copias, el original es para la Dirección General de Migración, debiendo el inspector observar que esté completamente llenada, y retener la primera copia para destinarla al procesamiento de Datos Estadísticos. La segunda copia deberá graparse al pasaporte.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y nueve; año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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