Texto de la norma
Dec. No. 3052 que otorga exequátur a varias personas para que puedan ejercer la profesión de médico.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3052
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No.111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No.146, sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de médico, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
Ciriaco Oviedo Calderón, Luis Alexis Frías Payano, Lilian Raquel Fernández Zucco, Coralis María Espinal Gómez, Rafael García, Pedro Abreu, José Federico López Larache, Francisco Antonio Roa Sánchez, Victoria De los Angeles De la Cruz Acosta, Manuel Antonio Féliz Guerrero, Zoila Dulce Esperanza De Jesús Lagares Corniel, Luis Hilario Ardavin Meléndez, Celeste Esperanza Hernández Pérez y Fredy Arturo Joa De León.
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y al Consejo Nacional de Educación Superior para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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