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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2961

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE ACTUALIZAR EL CODIGO DE TRABAJO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 may de 1985fecha
Designacióntipo
G. O. 9661Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
6personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Antonio Ballester HernándezMiembro de un órgano—
Lupo Hernández RuedaMiembro de un órgano—
Rafael AlburquerqueMiembro de un órgano—
Julio Aníbal SuárezMiembro de un órgano—
Ramón García GómezMiembro de un órgano—
Consultoría Jurídica del Poder EjecutivoEncargode la edición del Código de Trabajo, actualizado y preparado por la referida Comisión y la Oficina NacionalAdministración y Personal del Secretariado Técnico de la Presidencia, deberá hacer la impresión del mismo

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo · de la edición del Código de Trabajo, actualizado y preparado por la referida Comisión y la Oficina Nacional · Administración y Personal del Secretariado Técnico de la Presidencia, deberá hacer la impresión del mismo

    Otros 3 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No.2961 que crea e integra una Comisión encargada de actualizar el Código de Trabajo SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2961 CONSIDERANDO: Que en ocasión de la celebración del centenario de la adopción como leyes de la nación, de los códigos franceses, debidamente traducidos y adecuados a nuestra legislación, el Poder Ejecutivo instituyó sendas comisiones de juristas, con la finalidad de actualizar esos códigos; CONSIDERANDO: Que luego de realizado el trabajo de actualización, la Consultoría Jurídico del Poder Ejecutivo y la Oficina Nacional de Administración y Personal del Secretariado Técnico de la Presidencia, prepararán ediciones oficiales de los Códigos Civil, de Procedimiento Civil, Penal, de Procedimiento Criminal y de Comercio; CONSIDERANDO: Que a fin de tener una edición oficial completa y actualizada de todos los códigos dominicanos, es preciso proceder a la revisión y posterior edición del actual Código de Trabajo; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.— Se crea una Comisión encargada de actualizar el Código de Trabajo la cual estará compuesta por el doctor Antonio Ballester Hernández, quien la presidirá; y los señores doctor Lupo Hernández Rueda, doctor Rafael Alburquerque, doctor Julio Aníbal Suárez y Lic. Ramón García Gómez. Artículo 2.— La Comisión designada deberá entregar al Poder Ejecutivo los resultados de su labor en un plazo de 3 meses a partir de la fecha. Artículo 3.— La Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, queda encargada de la edición del Código de Trabajo, actualizado y preparado por la referida Comisión y la Oficina Nacional de Administración y Personal del Secretariado Técnico de la Presidencia, deberá hacer la impresión del mismo. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142º de la Independencia y 122º de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona