Texto de la norma
Dec. No.2913 que otorga exequatur a varios profesionales
SALVADOK JORGF BLANC0
Presidente de la Rcphblica Dominicana
NUMERO :2913
VISTA la Ley sobre Exequitur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 dr: novicmhre de 1942, Y sus
modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organization Judicial No. 821, de fecha 21 de noviemhre de 1927, y sus modi-
ficaciones;
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantia de Mkdicos Recien Graduados, dc fecha 11 de mayo de
1967: ~7 sus modificacioncs;
VISTA la Ley No. 63 3 sobre Contadores PGblicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y SUS
m odificaci ones:
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Arriculo 55 de la Constitucion de la Rephblica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se otorga exequitur a las personas seiialadas a continuacion, para que puedan ejercer
en todo el territorio de la Rephblica, sus respectivas profesiones, de confoimidad con las leyes y regla-
mentos vigentes :
ABOGADO : J
Ulises Alfonso Hernindez, Renso Antonio Herrera Franco, Ysmcnia Mercedes Martinez Bejarin,
Rosa Maria Guzmin Cortorreal, William Radhamks Cueto B k z , Luis Martin Rodriguez Florimon,
Julio Sierra y Sierra, Rosa Mercedes Ogando Santana,
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Rafael Emilio Pacheco Ramirez.
5IEDICO: J
Rommel Rafael Morales Esteva.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Virtudes Vásquez Tillería, Rafael Leonardo Palmo Félix, Sonia Altagracia García Gell, Ynacio Pérez Pérez, Niurca Isabel Fernández Vólquez, Celeste Adelaida Ventura Bonilla, Hermenegilda Morales Benítez, Dixá Micenas María De Oleo, Sixto Ramón De Jesus Bello Cruz, Solangel Mejía Columna, Amada María Betances De Jesús, Clara Flor Carvajal Espinosa, Ramón Hermenegildo Montilla, Ramón Arturo Pérez Santana, Francia Luisa Lantigua Santana, Rita Rocío de las Mercedes López Núñez, César Emilio de la Altagracia Acosta Ramírez, Rafael Gumercindo Mejía Batista, Eduardo Antonio Lizardo Ramos, Alfonso Antonio Nicolás Almonte Grullón, Angela Mercedes Almonte, José Rafael Camilo Then, Zaida Zulema Altagracia Rodríguez Díaz, Rosalina Hernández Matías, Thelma María Cabrera Reynoso, Bernarda Casilda Almonte Grullón, Ramón Yldemaro Desangles Flores, Elsa Miledy Matos Cordero, Felipe Antonio Romero, Fausto Emilio Arias Veras, Octavio Antonio Mesa, Eddy Altagracia Rodríguez Almánzar, Raúl Armando Martínez Toro, Maximina Sinforosa Aguasvivas Pimentel y Alfonso Matos.
Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Finanzas, Salud Pública y Asistencia Social, y a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 122° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.