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Texto de la norma
D E C R E T 01
Articulo Unico.-
E l Lic.
Miguel Guerrero,
queda designado Director
Ejecutivo de l a Corporaci6n Dominicana de Empresas Estatales, en sustituci6n
del sefior R a G l Barrientos.
DADO en Santo Doming0 de Guzmgn,
Distrito Nacional,
Capital de l a
RepGblica Dominicana, a 10s once (11) dias del mes de noviembre del afio m i l
’
novecientos ochenta y
sieter afio
1 4 4 O de l a Independencia y 125O de l a
Restauraci6n.
JOAQUIN BALAGUER
/
Dee. No. 571-87 que restablece l a s disposiciones contenidas
en e l Decreto No. 1482 del afio 1967.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a RepGblica Dominicana
/
NUMEROx 571-87
-
CONSIDERANDOt
Que es conveniente adoptar providencias encaminadas a
f a c i l i t a r las operaciones del comercio exterior?
CONSIDERANDO:
Que en ese orden de ideas se hace necesario modificar
algunas disposiciones del Poder Ejecutivo, en inter& de qye las autoridades
monetarias puedan reorganizar e l sistema cambiario nacionalr
VISTA l a solicitud formulada a1 Pct:er Ejecutivo por l a Junta Monetarial
VISTAS l a Ley Monetaria No. 1528, de fecha 9 de octubre de 1947, l a Ley
Org6nica del Banco Central de l a RepGblica Dominicana No.
6142, de fecha 29 de
diciembre de 19621 l a Ley No. 251, de fecha 11 de mayo de 19641 y l a Ley
~
General de Bancos No. 708, de fecha 1 4 de a b r i l de 19651
En ejercicio de las atribuciones qye me confiere e l Articulo 55 de l a
Constituci6n de l a RepGblica, dicto e l siguiente
D E C R E T O I
Articulo 1.- A p a r t i r de l a entrada en vigencia del presente Decreto,
quedan restablecidas las disposiciones contenidas en e l Decreto No.
1482, de
fecha
1 0 de julio de 1967,
que exceptca del regimen de l a s cuotas de
importacih, las compras en e l exterior financiadas con divisas propias.
Articulo 2.-
Queda derogado e l Decreto No. 328-87 de fecha 19 de junio
de 1987.
DADO en Santo Domingo de Guzmhn,' Distrito Nacional,
Capital de la
RepGblica Dominicana, a 10s once (11) dias del mes de noviembre del azo m i l
novecientos ochenta y
sietet aiio 144O de l a Independencia y 125O de l a
Restauracidn.
Dec.
No.
572-87
que concede exequ6tur a favor del seiior Pierre Richard
Dauphin,
a f i n de que pueda ejercer las funciones de C6nsul de Hait$ en
Barahona, RepGblica Dominicana.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a RepGblica Dominicana
NUMEROr 572-87
En ejercicio de las atribuciones que me confiere e l Articulo 55 de l a
Constitucibn de l a RepGblica, dicto e l siguiente
i
D E C R E T 0 8
Articulo Unico.- Se concede Exequhtur a favor del sefior Pierre Richard
Dauphin, a f i n de que pueda ejercer las funciones de Cdnsul de H a i t i en
Barahona, RepGblica Dominicana.
DADO en Santo Dom'ingo
de Guzmsn,
Distrito Nacional, Capital de l a
RepGblica Dominicana, a 10s doce (12) dias del m e s de noviembre del afio m i l
novecientos ochenta y sietet afio 144O de l a Independencia y
125O de la
Restauracibn.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 573-87 que concede exequ6tur a favor del seiior D i m i t r i Charalambous,
a f i n de que pueda ejercer la$ funciones de Gnsul General-Ad-Honorem de
Grecia en Santo Domingo, RepGblica Dominicana.
\
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a RepGblica Dominicana
NUMEROr 573-87
En ejercicio de l a s atribuciones que me confiere e l Articulo 55 de la
Constitucidn de l a RepGblica, dicto e l siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.