Texto de la norma
Dec. No. 689-86 que autoriza a "Hogar Crea Internacional, Incorporada" a fijar su domicilio en la República Dominicana.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 689-86
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República ha elevado al Poder Ejecutivo "Hogar Crea Internacional, Incorporado", asociación sin fines de lucro, constituida de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con su domicilio principal en la ciudad de Trujillo Alto, Puerto Rico, debidamente representada en la República Dominicana por el señor Fernando Guerrero, domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia,
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520 de fecha 26 de julio de 1920, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a "Hogar Crea Internacional, Incorporado", asociación sin fines de lucro constituida y existente de conformidad con las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con su domicilio principal en la ciudad de Trujillo Alto, Puerto Rico, debidamente representada por el señor Fernando Guerrero, domiciliado y residente en [domicilio omitido].
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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