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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1034-86-25

QUE PROHIBE LA EXTRACCION DE ARENA, GRAVA Y GRAVILLA EN LOS RIOS YUBAZO, NIZAO Y NIGUA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 sept de 1986fecha
Designacióntipo
G. O. 9695Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Dec. No. 1034-86-257 que prohibe la extracción de arena, grava y gravilla en los ríos Yubazo, Nizao y Nigua. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1034-86-257 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente o E C R E T O: • Artículo 1. - A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, queda prohibida la extracción por medios mecánicos, manual o de cualquier forma, de agregados de la construcción en los ríos Nizao, Yubazo y Nigua, en la provincia de San Cristóbal. Artículo 2. - Se concede un plazo de 30 días, contados a partir de esta fecha, para que las personas y empresas que poseen equipos para la extracción y clasificación de agregados de la construcción instalados en la márgenes de los mencionados' ríos, procedan al inmediato desmantelamiento y traslado de esos equipos, fuera de dichos lugares. Artículo 3.- Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Aramadas y de Obras Públicas y Comunicaciones y la Dirección General de Minería, quedan encargadas de la fiel ejecución del presente Decreto. Distrito Nacional, Capital de la (29) días del mes de septiembre del de la Independencia y 1240 de DADO en Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana, a los veintinueve año mil novecientos ochenta y seis, año la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1035-86-258 que integra el Directorio Nacional de Producción Pecuaria. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1035-86-258 VISTO el Decreto No. 351 de fecha 16 de octubre de 1982, que crea e integra el Consejo Nacional de Producción Pecuaria,

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona