Texto de la norma
Dec. No. 653-86 que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 653-86
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. lll, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,
VISTA la Ley de Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones,
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, y la función de Notario Público en sus respectivas jurisdicciones, de conformidad con las Leyes y reglamentos vigentes:
ABOGADO:
Tomasina Altagracia Milagros Rodríguez Cruel, Juan Fabio López Frías, Fernando Reyes, Dolores Sagrario Féliz Luciano, Pilar Sánchez y Moneydi Gómez.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Bolívar Soto Montás, Víctor Joaquín García Martínez, Marcos Ariel Segura Almonte, Juan Bautista Sánchez Espinal, Gertrudys Altagracia Leyba de Mieses y Felicia Georgina Carrasco Méndez.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO:
Pedro Rafael Borrell Martínez.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (ler.) día del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y seis, año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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