Texto de la norma
Dec. No. 463-86 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 463-86
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombre, establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados,
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley,
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O,
Artículo 1.- La señorita Xiomara Margarita Núñez Féliz, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Xiomara Altagracia Núñez Féliz.
Artículo 2.- La señora Gloria Marisa Ortiz Valdez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Gloria María Ortiz Valdez.
Artículo 3.- El señor Maximino Concepción Rosa, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Máximo Concepción Rosa.
Artículo 4.- Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
Artículo 5.- El presente decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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