Texto de la norma
Dec. No.423-87 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella a varios trabajadores de la industria de la caña.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 423-87
CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional por Resolución No.164, de fecha 26 de mayo de 1967, consagra el 19 de agosto de cada año como "Día de la Caña" y dispone que en tal ocasión se impondrán condecoraciones a los trabajadores que, a juicio de sus superiores, se hayan distinguido por su eficiencia y dedicación al trabajo;
CONSIDERANDO: Que el Consejo Estatal del Azúcar, el Central Romana, la Compañía Anónima de Explotaciones Industriales y la Federación de Colonos Azucareros, han comunicado al Poder Ejecutivo que los señores Jacinto Leoncio Maura Hull, Ulises Gutiérrez, Francisco Geraldo, Juan José Brea y Luis Hernández Luna, han sido seleccionados por sus méritos como candidatos idóneos para ser galardonados con motivo del Día de la Caña;
VISTA la Resolución del Congreso Nacional No. 164, del 26 de mayo de 1967;
VISTA la Ley No. 1113 del 26 de mayo de 1936, y sus modificaciones; y
OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero, a los señores Jacinto Leoncio Maura Hull, Encargado General del Embarque de Azúcar a Granel del Ingenio Río Haina; Ulises Gutiérrez, Mecánico Aparejador de la Factoría del Ingenio Montellano; Francisco Geraldo, Superintendente de la División Agrícola de Baiguá del Central Romana; Juan José Brea, Mecánico-Jefe de Guardia del Ingenio Caey; y Luis Hernández Luna, picador de caña de la Asociación de Colonos del Ingenio Ozama.
Artículo 2.- Dichas condecoraciones deberá ser impuesta a los galardonados en el transcurso de los actos que se celebrarán con motivo de la conmemoración del Día de la Caña.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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