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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1291-86-51

QUE CONCEDE LA NATURALIZACION DOMINICANA PROVISIONAL A LOS MENORES WANG-CHIA TSAI Y WANG JU TSAI

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 1986fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 9701Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana provisional en favor de las menores Oliva Zoen-Wai Cheng y Loretta Zoen-Nga Cheng, nacidas en Hong Kong, Colonia Británica, en fechas 13 de enero de 1980 y 15 de septiembre de 1983, respectivamente, hijas del señor Oi-Man Cheng, de nacionalidad dominicana. Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1291-86-514 que concede la naturalización dominicana provisional a los menores Wang-Chia Tsai y Wang Ju Tsai. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1291-86-514 VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Eng Meng Tsai, para que le sea concedida la naturalización dominicana provisional a sus hijos menores citados en el dispositivo del presente Decreto; VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia; VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683 sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948 y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana provisional en favor de las menores Wang-Chia Tsai y Wang Ju Tsai, nacidos en Taipei, China, en fechas 1 de octubre de 1984 y 10 de octubre de 1985, respectivamente, hijos del señor Eng Meng Tsai, de nacionalidad dominicana. Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1292-86-515 que nombra Jueces y Secretarios del Consejo de Guerra de Apelación Mixto de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1292-86-515 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- El Coronel Orlando E. Gutiérrez Mendoza, P. N., queda designado Juez del Consejo de Guerra de Apelación Mixto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en sustitución del General de Brigada Paracaidista Luis Antonio Luna Paulino, FAD. Artículo 2.- El Teniente Coronel Piloto Miguel Angel de los Santos Figueroa, FAD, queda designado Juez del Consejo de Guerra de Apelación Mixto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en sustitución del Teniente Coronel Manuel de Jesús Hernández, FAD. Artículo 3.- El Mayor Paracaidista Rafael Jorge Gil, F.A.D., queda designado Juez del Consejo de Guerra de Apelación Mixto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en sustitución del Coronel Aquiles B. Cruz Gómez, P. N. Artículo 4.- El Mayor Rafael A. Pérez Mota, F.A.D., queda designado Juez del Consejo de Guerra de Apelación Mixto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, en sustitución del Coronel Contador (r) Eufemio Betances Ortiz, FAD.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona