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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1266-86-48

QUE SUPRIME VARIOS CONSULADOS DE LA REPUBLICA EN DISTINTAS CIUDADES DEL EXTERIOR

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 dic de 1986fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9701Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Dec. No. 1265-86-488 que inviste al Secretario de Estado de Relaciones Exteriores de los Plenos Poderes de lugar, para firmar en nombre y representación del Gobierno el "Acuerdo de Especial de Acceso", y el "Acuerdo Administrativo de Visado y Certificación de Textiles", con los Estados Unidos de América. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1265-86-488 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo Unico.- El Dr. Donald J. Reid Cabral, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, queda investido de los Plenos Poderes correspondientes para firmar en nombre y representación del Gobierno Dominicano el "Acuerdo Especial de Acceso" y "Acuerdo Administrativo de Visado y Certificación de Textiles", con los Estados Unidos de América. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisite (17) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1266-86-489 que suprime varios Consulados de la República en distintas ciudades del exterior. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1266-86-489 CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional está empeñado en tomar cuantas medidas sean necesarias para producir ahorros en los gastos fijos de la Administración Pública, con la finalidad de obtener recursos que puedan destinarse a la realización de obras de interés nacional, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Por razones de economía, quedan suprimidos los Consulados de la República en las siguientes ciudades: a) Cádiz, España; b) Nassau, Bahamas; c) Jacksonville, Florida, Estados Unidos de América; d) Milán, Italia; y e) Washington, D. C., Estados Unidos de América. Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relacione Exteriores y a la Oficina Nacional de Presupuesto, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1267-86-490 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano de varios inmuebles en Santiago, para ser destinados a la prolongación de la Avenida Salvador Estrella Sadhalá. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1267-86-490 CONSIDERANDO: Que para la construcción de la prolongación de la Avenida Salvador Estrella Sadhalá hacia el Sur en Santiago, hasta empalmar con la Carretera Santiago-Jánico, es de vital importancia la adquisición por el Estado Dominicano de varias porciones de terreno propiedad de particulares; VISTA la Ley No. 344, sobre Procedimientos de Expropiación, de fecha 29 de julio de 1943 y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona