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Decreto

Decreto 70-86

que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano de varias porciones de terreno en el municipio de Santiago, para ser destinadas a la docencia en el Instituto Superior de Agricultura

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 ene de 1986fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9678Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 70-86 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano de varias porciones de terreno en el municipio de Santiago, para ser destinadas a la docencia en el Instituto Superior de Agricultura. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 70-86 CONSIDERANDO: Que el Instituto Superior de Agricultura fue fundado mediante convenio Internacional suscrito entre el Estado Dominicano, la Misión de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) de los Estados Unidos y la Asociación para el Desarrollo, Inc., aprobado por la Ley 6198 del 22 de febrero de 1963. CONSIDERANDO; Que e l Instituto Superior de Agricultura es una instituci6n de ensesanza e investigaci6n s i n fines de lucro, dedicada a l a s ciencias agricolas y a1 desarrollo rural del pais. VISTA Ley No. 344 d e l 29 de j u l i o de 1943 y sus modificaciones, sobre procedimiento de Expropiaci6n. En ejercicio de las atribuciones que me confiere e l A r t k u l o 55 de l a Constituci6n de l a Repcblica, dicto e l siguiente D E C R E T O r * Articulo 1.- Se declara de utilidad pGblica e inter& social para ser dedicadas a l a docencia en e l Instituto Superior de Agricultura, l a adquisici6n por e l Estado Dominicano de l a s porciones de terreno que se detallan a continuaci6n : a ) Una porci6n de cuarenta ( 4 0 ) tareas dentro de l a parcela (registrada) del Distrito Catastral No. 20 de Santiago, propiedad de 10s Sucesores de t4anuel Antonio Rodriguez. b) Una porci6n de ocho ( 8 ) tareas dentro de l a Parcela 7 del Distrito Catastral N o . 20 de Santiago, propiedad de 10s Sucesores de Marla Natividad Gutibrrez. c ) Una porci6n de cuatro ( 4 ) tareas dentro de l a Parcela del Distrito Catastral No. 20 de Santiago, propiedad de 10s Sucesores de Manuel Antonio Rodriguez, que colinda a1 Norte con l a carretera San Jos6 de l a s Matas, a1 Sur y Oeste con l a cazada Henriquez y a1 E s t e con l a ocupaci6n de J O S ~ Dolores Bruno. Articulo 2.- En cas0 de n o llegarse a un acuerdo amigable con 10s ocupantes de 10s inmuebles precedentemente indicados para su adquisici6n de grado a grado por e l Estado Dominicano, e l Administrador General de B i e n e s Nacionales realizarh todos 10s actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con l a s leyes, para la expropiaci6n de 10s mismos. Artkulo 3 . - Se declara de urgencia que e l Estado Dominicano e n t r e e n posesi6n de 10s inmuebles indicados, a fin de que se puedan iniciar de inmediato 10s trabajos sefialados. Articulo 4. - Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, para 10s f i n e s correspondientes. DADO en Santo Domingo de GuzrnhD, Distrito Nacional, Capital de la Repalica Dominicana, a 10s veintinueve (9 dias del m e s de enero del an"o m i l novecientos ochenta y s e i s ( 1 9 8 6 ) ) an"o 142O de l a Independencia y 123O de l a Restauraci6n. SALVADOR JORGE BLANCO Dec. NO. 71-86 que nombra a1 s&or Eladio Perdomo, Fiscalizador del Juzgado de Paz del municipio de Villa Vgsquez. e SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de l a Repfiblica Dominicana NUMEROr 71-86 En ejercicio de las atribuciones que me confiere e l Articulo 55 de l a Constituci6n de l a Repfiblica, dicto e l siguiente D E C R E T O z Articulo 1.- E l sen"or Eladio Perdomo queda designado Fiscalizador del * L__ Juzgado de Paz del municipio de Villa Vhsquez, provincia de Monte C r i s t y , _L \ \ Articulo 2.- E l designado deberh cumplir con las disposiciones de la Ley NO. 82 del 16 de diciembre de 1979, sobre Inventario de 10s Bienes que Constituyen e l Patrimonio de 10s Funcionarios PGblicos. DADO en Santo Domingo de G u z m h , Distrito Nacional, Capital de l a RepGblica Dominicana, a 10s veintinueve (29) dias d e l mes de enero del an"o m i l novecientos ochenta y seis ( 1 9 8 6 ) l an"o%O de l a Independencia y 123O de - l a Restauraci6n. SALVADOR JORGE BLANCO D e c . No. 72-86 dispone se pagar6 un con t ri buci6n dicional consistente en RD$1.81 por kilogram0 de caf6 exportable. - .

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona