Texto de la norma
Dec. No. 62-86 que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 62-86
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones,
VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Abogado y la función de Notario Público, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
ABOGADO:
Benito Ramón Rosario Candelier, Adolfina Mercedes Pérez Checo y Marah de los Milagros Salcedo Rodríguez.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS:
Danelia Altagracia Rosario Terrero.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Demetrio Hernández de Jesús.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y seis (1986); año 142º de la Independencia y 123º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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