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Texto de la norma
i
I
Articulo 10.- ,La Direccidn General de Aduanas, preverd todo l o relativo
a las medidas que Sean necesarias, para una mejor proteccidn de 10s intereses
, - .
fiscales, para l o cual dispondr6 l a asignacidn de oficiales y celadores
necesarios a
la Zona
Franca
Industrial
de
Jacagua,
quedando
bajo
su
responsabilidadr
i
a) E l debido control sobre las mercancias entradas en la Zona para l a
producci6n de las iadustriasr
b) La exportacih de la produccidn industrial destinada a mercados
ext ran j eros r
c ) Lo relativo a l a introducci6n a t e r r i t o r i o nacional de mercancias
producidas dentro de l a Zona, de conformidad con e l Articulo 7 de este Decretor
d ) Todas
las
d d s funciones
que
Sean
necesarias
a
l a eficaz
salvaguarda de 10s intereses fiscales.
Articulo 11.- U s industrias que se establezcan en la referida Zona
Franca Industrial, gozar6n de las exenciones previstas en e l Articulo 12,
Categoria “A” , de l a Ley No.299,
sobre Incentivo y Protecci6n Industrial, de
fecha 23 de abril de 1968, por e l t6rmino sezalado en e l Articulo 47 de dicha
Ley No.299, y en e l Decreto No.895, de fecha 19 de marzo de 1983.
Q
DADO en Santo Doming0 de Guzmsn,
Distrito Nacional,
Capital de l a
Repcblica Dodnicana, a 10s veinte ( 2 0 ) dias del mes de agosto del afio mil
novecientos ochenta y sieter azo 144O de l a Independencia
y 125O de l a
Restauracidn.
/
JOAQUIN BALAGUER
Dac. No.436-87 que crea e integra una Comisidn que tendrd a su cargo el
saneamiento de 10s proyectos agrlcolas del Instituto Agrario Dominican0 en la
provincia de MarZa Trinidad Shnchez.
/
.-
c
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a Repliblica Dominicana
NUMEROt 436-87
CONSIDERANDOr Que e l Gobierno Nacional d e b tomar cuantas medidas Sean
necesarias para lograr e l mayor rendimiento en l a productividad de
10s
proyectos agrarios y de las tierras baldias propiedad del Estado Dominicanor
**
En ejercicio de las atribuciones que me
confiere e l Articulo 55 de l a
Constituci6n de l a Repbblica, dicto e l siguiente
D E C R E T 01
Articulo 1.- Se crea una Comisi6n integrada por 10s Ingenieros Agr6nomos
Cgsar Sandino de JesGs, Director General del Instituto Agrario Dominicano,
Eligio Vssquez, Supervisor de 10s Proyectos Agrarios a1 Servicio del Poder
Ejecutivo, Reynaldo Lora y por 10s sefiores D r . Juan B.
SBnchez y Luis Marla
Gonz6lez, que tendzb a su cargo e l saneamiento de 10s proyectos agricolas del
Insituto Agrario Dominicano en l a Provincia de Maria Trinidad Sdnchez, as5
como l a localizaci6n y e l inventario de las t i s r r a s baldias propiedad del
Estado existente en dicha provincia, debiendo rendir a1 Poder Ejecutivo, en un
plazo noimayor de 30 dias contados a p a r t i r de esta fecha, un informe sobre
10s resultados de su g e s t i h , con sus recomendaciones a1 respecto.
Artkulo 2.-
Para e l cumplimiento de sus funciones, la indicada Comisibn
podrs u t i l i z a r e l auxilio de
las autoridades civiles y militares de l a
provincia de Marla Trinidad Sdnchez.
Articulo 3.- Enviese a las Secretarias de Estado de las Fuerzas Armadas y
de Interior y Policia y a1 Instituto Agrario Dominicano, para 10s fines
-correspondientes .
DADO
e n Santo Doming0 de Guzmdn,
Distrito Nacional,
Capital de l a
Repalica Dominicana, a 10s v e i n t i h (21) dias del mes de agosto del aEo m i l
novecientos ochenta y sietet afio 144O de l a Independencia y
125O de l a
Restaurac ibn.
/
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No.437-87 que concede la condecoraci6n de la Orden del M6rito de Duarte,
SGnchez y M e l l a en e l grado de Gran Crut Placa de Plata, a1 eminente cirujano
doctor Michael E. Debakey.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a RepSblica Dominicana
/
NUMEROr 437-87
CONSIDERANDOr Los a l t o s merechientos del eminente cirujano D r . Michael E.
* *
Debakey I
VISTA
l a Ley No. 1113, de fecha 26 de mayo de 1936, y 8us modificacionest
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.