Texto de la norma
Dec. No. 412-87 que autoriza una impresión de sellos especiales de Rentas Internas y de Inmigración.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 412-87
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos especiales de Rentas Internas conforme lo dispone el Artículo 11 de la Ley No. 91, que instituye el Colegio de Abogados de la República, de fecha 3 de febrero de 1983.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo RD$0.75, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras, numerado del 700001 al 120000, color rojo vino.
Artículo 2.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos de Inmigración para se aplicados conforme a la tarifa establecida por el Artículo 9 de la Ley de Inmigración No. 95, de fecha 14 de abril de 1939, modificado por la ley No.3669, de fecha 6 de noviembre de 1953.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$1.00, numerados del 525001 al 1025000, color verde, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo de 50 libras.
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$8.00, numerados del 300001 al 600000, color mamey, en papel especial, engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresi6n de estos sellos se hars con el mismo taman"o y disezo de las
enisiones anteriores.
DADO en Santo Dontingo de Gum&,
D i s t r i t o Nacional,
Capital de
l a
Rep6blica Dominicana,
a 10s seis (6) d h s del m e s de agosto del aEo m i l
novecientos ochenta y
sietep aHo 144O de l a Independencia y
124O de l a
Restaurac i6n.
JOAQUIN BALAGUER
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