Texto de la norma
Dec. No. 631-87 que autoriza una emisión de sellos postales con la denominación "Centenario de la muerte del Padre San Juan Bosco"
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 631-87
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, de acuerdo con las disposiciones técnicas:
DENOMINACION : Centenario de la muerte del Padre San Juan Bosco,
DISEÑO : Reproducción de efigies y escenas alusivas al Padre Don Bosco,
ESPECIFICACIONES : Llevarán las leyendas "República Dominicana", "Correos", su valor facial-expresado "0.10" y "0.70", y los textos que identifiquen los temas de su diseño.
CANTIDAD : Quinientos mil (500,000) ejemplares de 0.10 y quinientos mil (500,000) de 0.70,
VALOR : Diez centavos (RD$0.10). Setenta centavos (RD$0.70).
Artículo 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente, serán de forma rectangular en hojas de cincuenta (50) ejemplares, bajo el procedimiento off-set multicolor.
Artículo 3.- Para la indicada emisión se utilizará papel litográfico cromo 56-B, sustancia GM2.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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